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Dos carabineros son declarados culpables por apremios ilegítimos durante el estallido social en Puerto Montt

Los funcionarios golpearon a la víctima, provocándole sangrado nasal, y lo usaron como "escudo humano".

Estudiantes se enfrentan a carabineros en el frontis de la Universidad de Santiago USACH luego de la marcha por el aumento del monto y extensión de los beneficios de la Beca de Alimentación de la Educación Superior (BAES)FOTO:AGENCIAUNO

Estudiantes se enfrentan a carabineros en el frontis de la Universidad de Santiago USACH luego de la marcha por el aumento del monto y extensión de los beneficios de la Beca de Alimentación de la Educación Superior (BAES) FOTO:AGENCIAUNO / AGENCIAUNO

La segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, en la región de Los Lagos, declaró culpables por el delito de apremios ilegítimos a dos carabineros del Grupo de Operaciones Especiales (GOPE), cometidos contra de un joven en 5 de noviembre de 2019, durante las protestas por el estallido social.

Según se pudo constatar, la víctima, un joven universitario que caminaba tras haber protestado en el centro de la capital regional, fue abordado por los funcionarios, quienes le propinaron un golpe de puño en el rostro. La acción, según constató el diario regional El Llanquihue, fue grabada por peatones que transitaban por el lugar.

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«Ante la presencia de terceros, Carabineros recurrió a disuasivos químicos contra quienes estaban a escasa distancia», señaló el director regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Mauricio Maya, uno de los querellantes del caso.

Al momento de ser trasladado al vehículo policial para su detención efectiva, los funcionarios usaron a la víctima como escudo. «Debido a esta maniobra y a los malos tratos, la víctima resultó con sangrado nasal y lesiones, las que fueron constatadas en un servicio de salud«, agregó el director.

Los defensores de los carabineros recurrirán a la nulidad del caso, puesto que cuestionan la figura del delito impuesta por el tribunal.

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Jorge Matzner, uno de los abogadores defensores, cuestionó el veredicto: «Considerando  que el mismo tribunal en la causa (anterior) calificó los hechos que objetivamente son de mayor causal, y condenó por un tipo penal con sanciones muy inferiores a la norma que dice relación con delitos de lesa humanidad, que son inferiores a la categoría de tortura y de alta intensidad».

La lectura de la sentencia quedó programada para el próximo sábado 2 de julio a las 20:00. 

Los jueves que redactaron el fallo fueron Rosario Cárdenas, Jorge Díaz y Jaime Rojas.

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