;

Proyecto de retiro acotado: quiénes podrán hacer su retiro de fondos previsionales

La iniciativa del Ejecutivo establece seis escenarios en que los afiliados podrán acceder a una nueva extracción de sus fondos previsionales.

11 DE ABRIL DE 2022/VALPARAISOLos ministros Antonia Orellana (i), Giorgio Jackson (ci), Mario Marcel (cd) y Jeanette Jara (d), durante la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, que inicia la discusión del proyecto de quinto retiro de fondos de pensiones.
FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

11 DE ABRIL DE 2022/VALPARAISO Los ministros Antonia Orellana (i), Giorgio Jackson (ci), Mario Marcel (cd) y Jeanette Jara (d), durante la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, que inicia la discusión del proyecto de quinto retiro de fondos de pensiones. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

Revisa la seccion lo ultimo

Este martes el Gobierno del Presidente Gabriel Boric está presentando un proyecto de ley que establece una alternativa al quinto retiro de fondos previsionales que se está tramitando en la Cámara de Diputados.

La iniciativa permite que los afiliados al sistema de Aseguradoras de Fondos de Pensiones puedan retirar hasta el 10% de sus fondos de su cuenta de capitalización individual, con un máximo de 150 UF (4.772.275 pesos) y un mínimo de 35 UF (1.113.530 pesos).

A diferencia de los tres anteriores retiros -el cuarto fue rechazado por el Congreso-, este proyecto establece limitaciones para poder hacer uso de la extracción de recursos de los fondos previsionales.

[dps_related_post ids=»5002549,5002514″]

¿Cuáles son los casos en que puedo retirar mis fondos?

Según establece el proyecto firmado por el Mandatario, junto a los ministros de Hacienda, Mario Marcel; de Justicia, Marcela Ríos; de Trabajo, Jeannette Jara; y de la Mujer, Antonia Orellana; seis escenarios para hacer el retiro:

1. Para exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias, permitiendo al alimentario o su representante legal subrogarse en el derecho del deudor de solicitar un retiro de su fondo de pensión hasta del totalidad de la deuda, según las condiciones anteriores (mínimo de 35 UF y máximo de 150 UF).

Además, el proyecto contempla una modificación permanente a las reglas de cobros de pensiones alimenticias, haciendo posible a los beneficiados acceder a los fondos previsionales del deudor.

2. Para pagar las deudas en instituciones de salud «que son, en la práctica, ineludibles». Esto, previa acreditación a través de la Superintendencia de Salud. No podrán ser imputadas al pago de multas, intereses u otros gastos asociados.

3. Para costear un incremento del ahorro necesario para la postulación a los subsidios de adquisición de primera vivienda. Una vez que se realice el abono, la entidad captadora suspenderá la facultad de girar el ahorro que provenga de los fondos.

4. Para pagar deudas hipotecarias de hasta 4 mil UF contraídas hasta el 31 de marzo, solo en la adquisición de una primera vivienda.

5. Para pagar de deudas de servicios básicos no cubiertas por los subsidios de la ley 21.423, que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia covid-19, y establece subsidios a clientes vulnerables.

6. Para pagar deudas financieras bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.

Los retiros de fondos solo se podrán justificar con deudas contraídas a título personal y no a una persona jurídica donde participe el beneficiado.

[dps_related_post ids=»5002604,5002287″]

Adicionalmente, el proyecto del Gobierno apunta a mejorar los requisitos de acceso y beneficios del seguro de cesantía. Aumenta los porcentajes de remuneración de referencia que podrán ser retirados en cada giro, para los meses tercero y siguiente que reciban el beneficio. Además, se elimina el requisito de acceder a las cotizaciones previas para acceder a las prestaciones.

También se reduce -de forma transitoria- el requisito de 12 cotizaciones a tres meses de cotizaciones continuas en los últimos tres meses previos al término del contrato, o bien, seis cotizaciones en los últimos 12 meses, con las dos últimas continuas y del mismo empleador.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad