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Plebiscito: ¿Cuál es la diferencia entre Convención Constitucional y Convención Mixta Constitucional?

Revisa cuáles son las características de las opciones de la segunda cédula del plebiscito.

Convención Constitucional o Convención Mixta Constitucional

Convención Constitucional o Convención Mixta Constitucional

La segunda cédula con la que se encontrarán los electores en el plebiscito del 25 de octubre próximo tendrá la pregunta sobre qué organismo se prefiere para realizar una eventual nueva Constitución; Convención Constitucional y Convención Mixta Constitucional, pero ¿qué implica cada una?, ¿cuáles son las diferencias entre ellas?

Una de las principales diferencias entre ambas es la cantidad de miembros que tendrán. Mientras la Constitucional estaría compuesta por 155 ciudadanos electos en un 100%, la Mixta sería de 172 miembros divididos entre el 50% electo por la ciudadanía y otro 50% compuesto por miembros del Congreso.

En tanto, el pago que recibirían los miembros de cada una de las opciones también es distinto. En el caso de la Convención Constitucional, todos los convencionales electos tendrían un sueldo de 50 UTM, es decir poco más de 2 millones 500 mil pesos.

Mientras que para los miembros de la Convención Mixta, los convencionales mantendrían el sueldo de 50UTM, pero los parlamentarios seguirían recibiendo la dieta que les corresponde por su labor original, generándose así una diferencia de sueldos entre los convencionales y los parlamentarios.

Otra diferencia se produce a la hora de preguntarse si los miembros de la convención podrán postular a cargos de elección popular tras redactar la nueva Constitución.

En el caso de los miembros de la Convención Constitucional, quedarán impedidos de postular a cargos de elección popular mientras sean convencionales y hasta un año después de terminar sus cargos en la convención. Esto no sucede en el caso de los parlamentarios que sean parte de una eventual Convención Mixta, quienes no tendrían problemas en retomar sus labores tras dejar la convención y volver así a postular por un puesto en el Congreso.

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