Contraloría: Empleados estatales están impedidos de realizar actividades político contingentes
El organismo emitió un instructivo por las municipales del 2016 y precisa que "el funcionario público, en el desempeño de su cargo, no puede realizar actividades ajenas al mismo".
El contralor Jorge Bermúdez Soto firma el documento difundido este jueves por el ente y que hace las veces de
, enfocándose en los alcances para los funcionarios del Estado.
"El funcionario público, en el desempeño de su cargo, no puede realizar actividades ajenas al mismo, como son las de carácter político contingente, ni tampoco valerse de ese empleo para favorecer o perjudicar a determinada candidatura, tendencia o partido político", expresa el texto que hace público la Contraloría General de la República de Chile.
En el análisis de la normativa vigente sobre el tema, el documento expresa que "el citado precepto legal resulta plenamente aplicable a todos los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa -entre ellos, las municipalidades cualquiera sea el estatuto jurídico que los rija".
Por lo mismo el instructivo planta que "en el desempeño de la función pública, los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente", como tampoco "ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales".
El texto de la Contraloria recalca que "no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, ejercer coacción sobre los empleados u otras personas con el mismo objeto y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias o partidos políticos".