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Consejo Constitucional: Aprueban el «derecho preferente» de los padres, inexpropiabilidad de las pensiones y la eximición del pago de contribuciones

En el pleno, las votaciones contaron con el amplio respaldo de Chile Vamos y Republicanos, bajo las críticas del oficialismo.

Consejo Constitucional: Aprueban el «derecho preferente» de los padres, inexpropiabilidad de las pensiones y la eximición del pago de contribuciones

El pleno del Consejo Constitucional aprobó durante esta jornada la otorgación del “derecho preferente” a los padres o tutores legales de educar a sus hijos, la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones y la eximición de pagar contribuciones en la primera vivienda. 

“Derecho preferente”

La norma contó con el respaldo de Chile Vamos y del Partido Republicano. En cambio, desde Unidad para Chile, bloque oficialista, no votaron a favor. Sin embargo, con 33 votos a favor y 11 en contra, la propuesta consiguió los 3/5. De este modo, la enmienda aprobada dice lo siguiente:

  • “Las familias, a través de los padres o en su caso de los tutores legales,
  •  tienen derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza
  • , así como a determinar preferentemente su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”
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En ese mismo ámbito, con los votos a favor de Chile Vamos y del Partido Republicano, se aprobó la “libertad de enseñanza”. La que dice lo siguiente:

  • “La libertad de enseñanza existe para garantizar a las familias, a través de los padres o tutores legales, según sea el caso, el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos; de escoger el tipo de educación; y de enseñarles por sí mismos o de elegir para ellos el establecimiento de enseñanza que estimen de acuerdo con sus convicciones morales o religiosas. Asimismo, garantiza a toda persona la elección del establecimiento educacional de su preferencia”.

Inexpropiabilidad de los fondos

Posteriormente, el pleno del Consejo Constitucional aprobó el artículo del capítulo de Derechos y Libertades Fundamentales. El que establece que la seguridad social se dará mediante instituciones públicas o privadas, que las personas son propietarias de sus fondos de pensiones y que estos son inexpropiables.

Bajo las críticas del bloque oficialista, la votación contó con el respaldo de Chile Vamos y del Partido Republicano. De este modo, con 33 votos a favor y 17 en contra, las normas aprobadas dicen lo siguiente:

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  • “Cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por éstas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno”.

Pago de contribuciones

Por último, con 30 votos a favor y 17 en contra, el pleno aprobó la enmienda que busca la eximición de las personas de pagar contribuciones por su primera vivienda.

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