Confirman presidio perpetuo para uno de los secuestradores de colectivero desaparecido en Viña
El tribunal rechazó los recursos de nulidad interpuestos en contra de la sentencia de los imputados, y descartó infracciones en el proceso.


Este lunes, la Corte Suprema confirmó la condena para los tres detenidos por el delito de secuestro calificado con resultado de muerte contra Juan Javier González, el colectivero desaparecido desde enero de 2022 en Viña del Mar, Región de Valparaíso.
En detalle, la Corte ratificó la decisión del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, respecto a la condena de presidio perpetuo calificado para Óscar Cantillano López y de presidio perpetuo simple con resultado de muerte a Daniel Silva Huerta.
De esta forma, durante esta jornada, el máximo tribunal rechazó por fallo unánime los recursos de nulidad interpuestos en contra de la sentencia de Óscar Cantillano y Daniel Silva, descartando infracciones al proceso y una falta de fundamentación al respecto.
El documento señaló que «no se advierte un resultado disímil(…) por tanto, su ingreso a los elementos que el tribunal debió valorar para la decisión de lo debatido, careció de la capacidad específica que se le atribuye, lo que impide que tal yerro, tenga la trascendencia y entidad que es indispensable para admitir la configuración de la causal de nulidad alegada«.
«Conclusión unívoca»
Asimismo, detalló que «las condiciones expresadas no pueden catalogarse como carente de lógica, en lo que guarda relación al principio de la razón suficiente, y comprensión del fallo impugnado(…) Tales consideraciones conducen a una conclusión unívoca, como expresa la sentencia, cuya inteligencia se justifica en virtud de los argumentos explicitados en ella y que no han sido desvirtuados por los recursos».
Finalmente, el fallo concluyó que «las impugnaciones formuladas por las defensas dan cuenta de una mera discrepancia con las conclusiones a las que arriba el tribunal(…) por lo que las denuncias relativas a una presunta falencia en el razonamiento no será admitida, desestimándose los arbitrios en su vertiente subsidiaria».




