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Experto en criminalidad compleja y Ley Antinarcotráfico: «Es una suerte ilusión creer que porque se pasa la ley, se resuelve el problema…»

En ADN Hoy, Francisco Cox, habló sobre la reciente normativa promulgada por el Presidente de la República, Gabriel Boric.

reportaje narcotráfico

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Experto en criminalidad compleja y Ley Antinarcotráfico: "Es una suerte ilusión creer que porque se pasa la ley, se resuelve el problema"

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Durante la mañana de este viernes 12 de mayo, Francisco Cox, socio de BCP abogados y experto en criminalidad compleja, todo esto luego de que el Presidente de la RepúblicaGabriel Boric, promulgarala Ley Antinarcotráfico.

En este contexto, el profesional partió diciendo que «sigo creyendo que es una suerte ilusión creer que porque se pasa la ley, se resuelve el problema o se hace cargo«.

«Creo yo que en cierta parte el problema que tenemos en Chile, que creamos estas leyes, le damos más funciones y más más información quizá, pero no las dotamos de la capacidad técnica y profesional para procesar información. Y creo que es un problema» añadió.

Escucha más sobre esta noticia y más en “Una pausa necesaria”:

En tanto, el especialista agregó que «es relevante ampliar quizás los sujetos obligados. Pero insisto, o sea, lo necesario es que que la Unidad de Análisis Financiero tenga la capacidad de procesar toda esa información y como le digo muchas veces la expropie un día y se le envía a los bancos y ya no me reporte cualquier cosa, sino que ayúdenme también en el procesamiento de la información y eso necesariamente no viene«.

«El eslogan es súper interesante, sí, sigamos la ruta del dinero. Ya, fantástico. ¿Pero cómo vamos a seguir la ruta del dinero? Pasando simplemente leyes?» aprovechó de decir.

¿En qué consiste la Ley?

Aumento de penas

La nueva norma sanciona a quien administre a terceros, sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo.

Además, castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.

La ley también establece que si algún delito relacionado con las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.

Escucha más sobre esta noticia y otras en “Una pausa necesaria”:

Decomisos e incautación de bienes de narcotraficantes

Según la nueva normativa, entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público.

Estas podrían ser destinadas a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro.

Además, la nueva ley introduce mejoras en los procesos para la enajenación temprana de bienes, posibilitando que el SENDA pueda solicitar esta enajenación, y se amplían los bienes susceptibles de ser enajenados tempranamente.

Nuevas facultades para ir tras la ruta del dinero y los precursores químicos

Esta legislación entrega también mayores facultades de fiscalización a la PDI y Carabineros, respecto de las personas que están o deben estar inscritas en el registro de precursores y sustancias químicas.

Además, amplía el catálogo de las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero, y que tiene por objeto fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, desde un aspecto económico, dado que permitirá identificar en nuevos rubros actividades destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes.

Cultivo medicinal de cannabis

Se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico, siempre y cuando se presente una receta médica extendida por un médico cirujano tratante, documento que deberá indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración.

Junto a esto, se deberá dar cuenta sobre la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.

La Ley Antinarcotráfico también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis, penas que irán aumentando un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.

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