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Corte de Apelaciones rechaza recurso contra el Presidente Boric presentada por la defensa de Héctor y Ernesto Llaitul

En fallo unánime, se desestimó la acción constitucional de amparo, tras establecer que no existen antecedentes de tortura o privación de libertad ilegal de los imputados.

Ernesto y Héctor Llaitul

Ernesto y Héctor Llaitul / Hector Andrade

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de amparo presentado en contra del Presidente de la República, Gabriel Boric, y las resoluciones de los Juzgados de Garantía de Temuco y Los Ángeles, que decretó la prisión preventiva de Héctor y Ernesto Llaitul.

Padre e hijo son imputados por varios delitos relativos a la violencia rural que se vive en la macrozona sur, dentro de los que están el robo de madera, usurpación de territorios, homicidio frustrado y delitos contra la autoridad.

En fallo unánime, la sala desestimó la acción constitucional de amparo, tras establecer que no existen antecedentes de tortura o privación de libertad ilegal de los imputados.

Detalles del fallo

“Por su parte, la información recabada por esta Corte a través de los informes solicitados y allegados al proceso, es conteste en el sentido que ambos amparados se encuentran privados de libertad por orden judicial, decretadas dentro de procesos tramitados por tribunales competentes y dentro de su competencia, sin advertir en estos antecedentes, situaciones de tortura, ni mucho menos que los amparados se encuentren privados de razón o de sentido”, detalla el fallo.

La resolución agrega que: “Con lo relacionado y hasta aquí razonado, resulta evidente que, el solo hecho de haberse querellado el Estado de Chile en contra de los amparados por su presunta participación en hechos de la gravedad antes anunciada, no constituye un acto que perturbe ilegal o arbitrariamente su libertad«.

Por tanto, se resuelve que: “Por estas razones, las normas citadas y lo dispuesto en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza el intentado a favor de Héctor Llaitul Carrillanca y Ernesto Llaitul Pezoa, en contra de S.E. Presidente de la República y de las juezas de los Tribunales de Garantía de Temuco y Los Ángeles, respectivamente”, concluye el fallo.

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