Corte ordenó a youtuber bajar video homofóbico por “dañar la honra” de activistas LGBTIQA+
“Valoramos este recurso pues viene a decir que ninguna persona puede ser insultada, injuriada u humillada por su orientación sexual", afirmó la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga.
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al canal de YouTube “Pluma Blanca Pacifista por Chile”, bajar un video homofóbico donde insulta e injuria a los y las activistas del Movimiento de Integración y Liberación (Movilh), por impulsar la derogación del artículo 365 del Código Penal, el cual establece una edad de consentimiento sexual para jóvenes solo en razón de su orientación sexual.
En detalle, el recurso de protección, presentado por la jurista colaboradora del Movilh, Mónica Arias, fue acogido con los votos del presidente de la Corte de Apelaciones, Juan Cristóbal Mera Muñoz y de la abogada integrante Paola Herrera Fuenzalida. En tanto, la ministra suplente, Andrea Diaz-Muñoz Bagolini, se manifestó en contra.
El vocero del Movilh, Oscar Rementería se refirió a este hecho y expuso: «La corte falló contra de un grupo religioso extremista, quienes habían agredido de manera verbal y psicológica a voluntarios de nuestra organización del Movilh en la sede del Movilh, tratándolos de pedófilos, manifestando de que ellos diseminan enfermedades de transmisión sexual, y una serie de epítetos que son absolutamente falsos, pero que atentan contra la dignidad de las personas”.
“El fallo obliga al canal de Youtube a bajar ese video que habían grabado y habían subido, porque atenta contra la dignidad de las personas de la diversidad sexual. Este canal se ha dedicado única y exclusivamente a atacar todo lo que se refiere a igualdad de derechos y avance en la no discriminacion en nuestro país”, agregó.
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El segundo fallo por discurso de odio
En tanto, la también vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, sostuvo que “valoramos este recurso pues viene a decir que ninguna persona puede ser insultada, injuriada u humillada por su orientación sexual o identidad de género y/o porque lucha contra la homo/transfobia”.
“Este es el segundo fallo que en Chile establece que la libertad de expresión tiene como límite los discursos de odio homo/transfóbicos. El primero, lo ganamos en 2015 al autodenominado “pastor” Javier Soto”, agregó.
En concreto y según lo establecido en la sentencia, con el video “se da por vulnerado el derecho a la honra del N° 4° del artículo 19 de la Carta Fundamental. Dicha norma señala que la Constitución asegura a todas las personas el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y asimismo, la protección de sus datos personales».
La acusada: Natalia Nils Valderrama
En el video la youtuber Natalia Nils Valderrama Céspedes señaló que “el Movilh no es de homosexuales, es de pefófilos, no es una sede de homosexuales, ni representa a la comunidad homosexual, se lo dice una lesbiana que está hablando. Esta sede protege pedófilos que hace tiempo se asociaron con una organización internacional que pretende legalizar la pedofilia cuestión que se va debatir mañana en el Congreso de Chile”.
En base a lo anterior, la corte ordenó «a la recurrida Natalia Nils Valderrama Céspedes eliminar de inmediato de su canal de YouTube ‘Pluma Blanca Pacifista por Chile’ el video titulado ‘El Movilh NO es de Homosexuales, es de Pedófilos!'», y exigió el pago de las costas del proceso.
Sin embargo, el registro en cuestión aún se mantiene disponible en la red social.
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