Bono al Trabajo de la Mujer: estas son las fechas de pago según las dos modalidades existentes
Para acceder a este subsidio estatal se deben cumplir varias condiciones, y lo puede pedir tanto la beneficiaria como su empleador.
El Bono al Trabajo de la Mujer es un beneficio en dinero que entrega el Estado para mejorar los ingresos de las mujeres trabajadoras que tengan entre 25 años y 59 años con once meses de edad.
Este Bono al Trabajo de la Mujer es otorgado por una única vez y tiene una duración de hasta cuatro años consecutivos.
Con este subsidio fiscal se busca incentivar la incorporación y permanencia laboral de las trabajadoras, pues las empresas también pueden optar a este subsidio para sus empleadas.
Requisitos para el Bono al Trabajo de la Mujer y cómo se postula
1.- Desempeñarse en el ámbito laboral de manera dependiente o independiente.
2.- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población.
3.- Contar con las cotizaciones al día.
4.- No trabajar en una institución del Estado (municipios incluidos) o en una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
Las trabajdoras que cumplan con los requisitos establecidos para el Bono al Trabajo de la Mujer pueden postular a él durante todo el año en el sitio https://sistemas.sence.cl/btm
Allí tienen que ingresar con su Clave Única o bien con su Clave Sence. La aprobación o rechazo de la solicitud puede tardar hasta noventa días.
En la solicitud se deja constancia de que el pago puede ser recibido a través de un depósito en una Cuenta RUT o en una cuenta bancaria, o bien retirando el dinero de manera presencial en BancoEstado o Banco EstadoExpress.
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Las formas de pago
Al convertirse en beneficiaria de este aporte fiscal, existen dos maneras de recibir el pago: anual o mensualmente.
Para el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer hay que percibir una renta bruta anual inferior a $6.018.539. Es la forma recomendada, dado que por su fórmula de cálculo no estás sujeta a devolución de dinero.
La cancelación se realiza durante la segunda quincena del mes de agosto, de acuerdo a las rentas percibidas el año anterior entre enero y diciembre. Y la cantidad máxima a la que se puede acceder es $534.981.
Y si se opta por el pago mensual, la renta bruta cada mes tiene que ser menor a $501.545. La contra es que por su fórmula de cálculo, la trabajadora podría estar obligada a devolver dinero.
Aquí lo que se efectúa son anticipos del pago anual, correspondientes al 75% del total, mientras que el resto es entrehado con el habitual pago anual de agosto. Y en esta modalidad el pago máximo es de $33.436 al mes.
Cabe citar que si se elige la opción mensual, el primer pago es realizado cuatro meses después de la fecha de postulación.
Y ese pago siempre es el último día hábil de cada mes, a excepción de septiembre y diciembre, por lo que el dinero correspondiente a este mes será cancelado este viernes 30 de julio.