Sernac monitoreará cumplimiento de nueva ley que limita los llamados de cobranza
Además, la entidad anunció que está trabajando junto al Ministerio de Economía en la elaboración de un reglamento para este tipo de casos.

Cobranza telefónica
Este martes fue publicada en el Diario Oficial la normativa que fortalece la Ley del Consumidor en materias de cobranzas extrajudiciales, donde, en concreto, las empresas tendrán limitaciones al momento de querer realizar llamados de cuentas impagas.
Al respecto, el director nacional del Servicio Nacional del Consumidor, Lucas Del Villar, sostuvo que “los consumidores reclaman que las empresas realizan acciones de cobranza que afectan su vida familiar y laboral, que los llaman varias veces al día, a veces de manera matonesca, por lo que se sienten víctimas de acoso y hostigamiento cuando tienen deudas sin pagar”.
“Esta normativa reafirma que los consumidores no pierden sus derechos cuando tienen deudas impagas y tienen derecho a un trato digno. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto, menos en la situación de pandemia cuando muchas familias han perdido su fuente de ingresos”, agregó.
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Esta ley forma parte de la agenda Antiabuso y Trato Justo del Gobierno, y que, además, incluye otras iniciativas respecto de esta temática, como, por ejemplo, un estudio que busca actualizar y disminuir los costos por gastos de gestiones de cobranzas extrajudiciales que se aplican a los consumidores que tienen deudas en mora.
Tras la entrada en vigencia de la ley, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo junto al Sernac trabajarán en la elaboración del reglamento sobre el tema, el cual debería estar listo en breve plazo, aunque ello no exime a las empresas de cumplir con sus obligaciones a partir de hoy.
Cabe mencionar que, en caso de incumplimiento, los consumidores pueden interponer sus reclamos o alertas ciudadanas en el Portal del Consumidor del servicio. En caso de infracción, los tribunales de justicia pueden establecer multas de hasta 300 UTM, es decir, más de 15 millones de pesos.
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