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Presidente Piñera promulgó reforma para postergar las elecciones para el 15 y 16 de mayo ante aumento de casos de coronavirus

La iniciativa no considera transporte público gratuito ni feriado irrenunciable para el día de los comicios.

Presidente Sebastián Piñera

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La tarde de este martes, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la reforma constitucional para postergar las elecciones de convencionales constituyentes, alcaldes, concejales y gobernadores regionales para el sábado 15 y domingo 16 de mayo, ante el aumento de casos por coronavirus en el país.

Sin embargo, y tras un intenso debate en el Congreso Nacional, la normativa no considera que el transporte público sea gratuito ni que haya feriado irrenunciable el día de los comicios.

De este modo, la iniciativa considera cinco principales modificaciones:

  1. Cambio de fecha de las elecciones para el 15 y 16 de mayo.
  2. Cambio de fecha de la votación de segunda vuelta de gobernadores regionales para el 13 de junio e inicio de funciones el 14 de julio.
  3. Prórroga del mandato de los alcaldes y concejales en ejercicio hasta el 28 de junio
  4. .
  5. Cambios en las campañas electorales: Suspensión de la vigente y retomando desde el
  6. 29 de abril hasta el 13 de mayo
  7. .
  8. Cambio de fecha de las
  9. primarias presidenciales y parlamentarias para el 18 de julio
  10. .

Además, la reforma permte mantener la propaganda en espacios privados, tanto de arriendo como cedidos gratuitamente, que hayan sido instalados previamente a la publicación de la ley. Tampoco permitirá la instalación de nueva propaganda en lugares privados durante el periodo de suspensión, a título gratuito u oneroso.

También estará prohibida la realizacón de propaganda electoral pagada en medios de comunicación social, plataformas digitales y redes sociales durante la suspensión y se suspende el aporte monetario a las campañas durante el periodo en que se encuentren suspendidas.

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Franja electoral y alcaldes suspendidos

Respecto a la franja electoral, la reforma indica que quedará suspendida el día de la publicación de la ley y que en caso de quedar un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir el espacio hasta el tercer día anterior a las elecciones.

Por su parte, los alcaldes que son candidatos por la reelección volverán a sus funciones a partir del día de la publicación de la reforma y quedarán suspendidos 30 días antes de las elecciones, es decir, el jueves 15 de abril.

Finalmente, la normativa establece que se mantiene el padrón electoral establecido para las elecciones del 10 y 11 de abril. Asimismo, los documentos publicados con anterioridad a esta reforma constitucional, como por ejemplo el acta de designación de vocales de mesas, la inscripción en el Registro Especial de candidaturas, el acuerdo del Consejo Nacional de Televisión y la determinación del valor de la UF para todos los efectos pertinentes de estas elecciones, continuarán vigentes y serán aplicables a las elecciones del 15 y 16 de mayo.

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