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ISP aseguró que «no se ha emitido ninguna normativa diferente» para que farmacias pidan recetas en venta de anticonceptivos

La institución indicó que no "ha establecido nuevas limitaciones ni restricciones a la venta de ningún medicamento en esta pandemia".

ISP por anticonceptivos

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A través de un comunicado, el Instituto de Salud Pública (ISP) explicó durante la tarde de este lunes las dudas y críticas que surgieron, luego que cientos de usuarias de anticonceptivos orales reclamaran por redes sociales que se les pidió la receta para poder comprar los medicamentos que son de uso habitual y que la propia ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett indicara que realizaría gestiones para revertir la medida.

En el documento que fue publicado en el sitio web de la institución, se indicó que «no se ha emitido ninguna normativa diferente a las ya existentes en el Código Sanitario, ni ha establecido nuevas limitaciones ni restricciones a la venta de ningún medicamento en esta pandemia».

Es decir, que la necesidad de presentar la receta, que en el caso de los anticonceptivos es simple, es la misma que ha existido siempre. Sin embargo, el problema se produjo en los sitios web de las farmacias que para terminar con la compra solicitaban el documento aludiendo a una instrucción del ISP.

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«Los anticonceptivos orales pueden ser prescritos por médicos y matronas, y dado que las farmacias son un centro de salud, los pacientes que presenten inconvenientes con sus recetas ya sean físicas, digitales o electrónicas, o bien no cuentan con ella, pueden acudir al químico farmacéutico del establecimiento para recibir orientación y evaluar caso a caso, como se hace habitualmente», agregó el ISP.

En ese mismo sentido, puntualizaron que «la duración de las recetas se extiende desde los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria, es decir a partir de septiembre del año 2019. Asimismo, las recetas extendidas durante este periodo tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria».

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