Ministra Zaldívar explicó qué establece la ley para las y los trabajadores que viven o trabajan en comunas en Cuarentena
A partir de este jueves, 42 comunas del país entrarán en confinamiento total, por lo que María José Zaldívar explicó qué establece la legislación vigente en estos casos.
03 DE DICIEMBRE DE 2020/VALPARAISO La ministra Maria Jose Zaldivar, durante la Comision de Hacienda de la Camara de Diputados, citada para discutir el proyecto de ley que establece un retiro unico y extraordinario de fondos previsionales en medio de la pandemia por el Coronavirus. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO
A través de un hilo en Twitter, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, puntualizó algunos aspectos legales en torno a las y los trabajadores que viven o trabajan en comunas que se encuentran en la fase 1 de Cuarentena del plan Paso a Paso.
Durante esta jornada, el Ministerio de Salud anunció nuevos cambios y 42 comunas del país —21 de ellas de la Región Metropolitana— pasarán este jueves al confinamiento total, medida que afectará a 14 millones de personas.
En esa línea, Zaldívar explicó que «las personas que se desempeñan en actividades esenciales, declaradas por la autoridad, podrán seguir realizando sus funciones, tal como lo han hecho durante todo este periodo. Para ello necesitarán que sus empleadores les gestionen un salvoconducto o permiso, según sea el caso».
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Respecto de quienes cumplen labores no esenciales, la ministra indicó que «aquellos que sus funciones lo permitan, y en común acuerdo con su empleador, podrán realizar teletrabajo o trabajo a distancia. En estos casos deberán seguir recibiendo sus remuneraciones íntegramente».
También señaló que quienes cotizan para el Seguro de Cesantía podrán acceder a la Ley de Protección del Empleo, «mediante suspensión de contrato por acto de autoridad. Esta iniciativa fue extendida hasta el 6 de junio de este año».
En cambio, para quienes hayan agotado sus giros, la secretaria de Estado subrayó que «las mejoras a esta ley establecen pagos adicionales con cargo al Fondo de Cesantía Solidario para aquellos que ya hayan agotado sus giros. El total es de hasta 15 giros con cargo al fondo mencionado».
Zaldívar se refirió al caso de las trabajadoras de casa particular, quienes «también podrán acceder a la Ley de Protección del Empleo, ya que en septiembre del año pasado se aprobó en el Congreso su incorporación al Seguro de Cesantía».
«Quiero cerrar este hilo, señalando que los días trabajados durante este mes deben ser pagados íntegramente por el empleador, y no pueden ser descontados de la remuneración del trabajador», concluyó la titular del Trabajo.