;

Corte de Apelaciones dejó sin efecto expulsión de venezolana que tiene un hijo de nacionalidad chilena

La medida hubiese afectado el interés superior del niño y la integridad de la familia, según lo expuesto en la Constitución.

10 de Febrero de 2021 / IQUIQUEUn total de 87 inmigrantes (venezolanos y colombianos) fueron expulsados del país, en una medida adoptada por el Gobierno para combatir el ingreso ilegal al país.
FOTO: CRISTIAN VIVERO BOORNES / AGENCIAUNO

10 de Febrero de 2021 / IQUIQUE Un total de 87 inmigrantes (venezolanos y colombianos) fueron expulsados del país, en una medida adoptada por el Gobierno para combatir el ingreso ilegal al país. FOTO: CRISTIAN VIVERO BOORNES / AGENCIAUNO / Cristian Vivero Boornes

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo que presentó el Instituto Nacional de Derechos Humanos en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota por el decreto de expulsión de Alexandra Rodríguez, una mujer de nacionalidad venezolana que ingresó por un paso no habilitado al país.

Rodriguez lleva dos años de permanencia dentro del territorio nacional y tiene un hijo de 5 meses de nacionalidad chilena «por lo que decretar la expulsión de la amparada significa una afectación al principio del interés superior del niño consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y a la integridad de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, que consagra el artículo 1° de la Constitución Política de la República», expuso la resolución.

[dps_related_post ids=»4749769,4742822″]

El fallo catalogó la resolución exenta como ilegal y quedó sin efecto dado que esta se basó sólo en que hubo un ingreso clandestino al país «el cual no fue eficazmente investigado por las autoridades llamadas por ley a hacerlo con el objeto de establecer su efectiva ocurrencia, y que pese a ello, se la invoca en un acto administrativo de grave trascendencia».

El tribunal también argumentó que la medida fue desproporcionada puesto que no contempló los las razones por las cuales la amparada necesitaba arribar al país de manera urgente y dictó que Rodriguez debe regularizar su situación migratoria conforme a la legislación vigente.

Para el fallo se dispuso de tres ministros en la corte de los cuales uno estuvo en contra de acoger el recurso de amparo, sin embargo, todas las razones anteriormente expuestas hizo concluir a los dos ministros restantes que la medida aplicada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota no era la correcta.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad