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Segundo retiro de fondos de las AFP: Seis cosas que tienes que saber del proyecto que fue despachado del Congreso

Cómo, cuándo y dónde. Aquí te resolvemos las dudas que puedas tener de la iniciativa que está lista para convertirse en ley.

Lo que tienes que saber del segundo retiro de ahorros de las AFP

Lo que tienes que saber del segundo retiro de ahorros de las AFP

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Luego de una intensa jornada de argumentos, exposiciones y votaciones, este jueves finalmente el Congreso despachó a ley el proyecto de ley que permitirá un segundo retiro de los ahorros de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), para que así quienes tienen fondos previsionales, puedan enfrentar las dificultades económicas derivadas de la pandemia del coronavirus.

La iniciativa que fue aprobada en ambas cámaras con un amplio apoyo transversal, tuvo varias modificaciones respecto al proyecto que fue presentado a última hora por el gobierno, como respuesta a la reforma constitucional que era impulsada por parlamentarios para el mismo fin, quedando casi igual salvo por los impuestos.

Pero finalmente, ¿qué fue lo que se aprobó? Aquí te explicamos cómo, cuándo y qué condiciones tiene el segundo retiro.

Acceso universal (salvo para altas autoridades del Estado): Todas las personas que tengan dinero en sus cuentas de capitalización individual podrán acceder a sacar el 10% de sus ahorros, con un monto mínimo de 35 UF ($1 millón), y un máximo de 150 UF ($4,3 millones aproximadamente). Si la persona tiene menos de un millón de pesos en su cuenta, podrá sacar todo el dinero.

Dos cuotas: A diferencia del primer retiro, quedó establecido en la normativa que si bien el dinero se entregará en dos cuotas, si el monto es menor a $1 millón, éste será depositado en una sola cuota. Así lo hicieron las administradoras por iniciativa propia la vez anterior, lo que fue considerado en esa oportunidad.

¿Se podrá obtener el dinero antes de Navidad?: Gran parte del apuro en legislar fue que los cotizantes puedan acceder a sus montos antes de Navidad, pero para que se materialice como la vez anterior, primero debe ser promulgado por el Presidente Sebastián Piñera, quien tiene cinco días hábiles para hacerlo. Luego, las administradoras podrán comenzar a recibir las solicitudes de retiro.

Después, las AFP tendrán 10 días hábiles desde emitida la solicitud de parte de los cotizantes para pagar la primera cuota, y otros 10 días hábiles para la segunda.

Además, al igual que con el primer proyecto, habrá un plazo de un año -a partir de su promulgación- para retirar los dineros de las cuentas personales.

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Impuestos: Este fue uno de los puntos que generó más controversia en la discusión parlamentaria, ya que el Ejecutivo quería que cobrara un monto a partir de quienes tienen rentas superiores a $700 mil. Sin embargo, después de una serie de negociaciones, y solicitudes incluso de partidos de gobierno, el impuesto quedó fijado solo para quienes tengan rentas superiores a $1,5 millones.

¿Hay que devolverlo?: No. Esta condición fue la última en ser analizada y la respuesta mayoritaria y casi unánime de los parlamentarios fue en contra, ya que por muchos era considerado como un «autopréstamo», por lo que las personas no tendrán que devolver el monto que se retire.

¿Qué pasa con los deudores de pensiones de alimentos? Como durante el primer retiro fue un punto que quedó un tanto inconcluso, esta vez los legisladores se aseguraron de dejar establecido que los jueces de familia podrán autorizar a los demandantes a pedir que el deudor saque sus dineros de los ahorros previsionales para pagar la totalidad o parte de la deuda de alimentos.

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