• 22 DIC 2025

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Tribunal condena a 40 años de cárcel a parricida de Calera de Tango

La sentencia recae sobre Jaime Francisco Lobos Farías, quien asesinó a su hija de 10 años en octubre de 2006. El fallo dictaminó que actuó con alevosía, premeditación y abusó de su superioridad física.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo condenó a presidio perpetuo calificado a Jaime Francisco Lobos Farías, quien asesinó a su hija el 12 de octubre del 2006 en la comuna de Calera de Tango. 

En su veredicto, los magistrados Cecilia Flores, Juan Madrid y Hugo Salgado condenaron a Lobos Farías a la pena de presidio perpetuo calificado como autor de parricidio, por lo que deberá permanecer los próximos 40 años recluido antes de optar a algún beneficio carcelario. 

Los hechos ocurrieron el 12 de octubre del 2006, cuando el condenado concurrió hasta el colegio Gabriela Mistral para retirar a su hija V. F. L. P., con la excusa de ir a visitar a la abuela enferma. Luego, Lobos Farías la trasladó hasta el domicilio de la familia, ubicado en el pasaje La Pólvora de Calera de Tango, en donde procedió a estrangularla con un cable eléctrico y luego propinarle cortes con arma blanca. 

El fallo fue leído por el magistrado Juan Madrid y en él se consideraron como agravantes la alevosía, premeditación y la superioridad física con que actuó el sentenciado. 

"Cuando se obra a traición o sobre seguro, al estimar el Tribunal que el acusado, valiéndose de la confianza y cariño que le dispensaba la menor, traiciona ésta para conducirla hasta la casa habitación que días antes había sido el hogar de la niña, para en dicho lugar que le aseguraba la consumación de su propósito delictivo, con una clara frialdad de ánimo y en un acto de absoluta cobardía, trata primero de estrangularla y ante la frustración de este intento le provoca la muerte con un cuchillo», sostiene el fallo. 

En un hecho inédito dentro del funcionamiento de la Reforma Procesal Penal, el Tribunal de Juicio Oral de San Bernardo acreditó todas las agravantes al momento de sentenciar a Jaime Francisco Lobos Farias, declarado culpable del parricidio de su hija V. F. L. P., de 10 años de edad. 

Los jueces Cecilia Sanhueza, Hugo Salgado y Juan Madrid, en votación unánime, desestimaron circunstancia atenuante a favor del inculpado, y por el contrario, validaron las argumentaciones de la Fiscalía Regional Occidente, en cuanto a que Lobos Farías actuó en forma alevosa, premeditación o empleando engaño y superioridad física con la víctima. 

Tras una semana de juicio, los magistrados analizaron cada una de las pruebas entregadas por las partes respecto a este macabro crimen cometido por el sujeto ante el despecho de saber que su mujer lo había abandonado ante los constantes malos tratos físicos y psicológicos que había soportado durante la relación que mantuvieron. 

En el fallo de culpabilidad se consigna que Lobos obró a traición o sobre seguro, al estimarse que "valiéndose de la confianza y cariño que le dispensaba la menor, traiciona ésta para conducirla hasta la casa habitación que días antes había sido el hogar de la niña, para en dicho lugar que le aseguraba la consumación de su propósito delictivo, con una clara frialdad de ánimo y en un acto de absoluta cobardía, trata primero de estrangularla y ante la frustración de este intento le provoca la muerte con un cuchillo". 

Asimismo, se acreditó que el acusado actuó con premeditación conocida o empleando engaño o astucia, al apreciarse que "planificó el acto al retirar a su hija del colegio en que se encontraba, bajo el falso pretexto de que viajaría con ella a visitar a la abuela enferma, se toma el tiempo necesario para elegir y disponer a su alcance de los medios de ejecución del delito con los que la agrede insistentemente, y luego de haber concretado su delito, efectúa varios llamados telefónicos anunciando el dolor que esperaba causar a su cónyuge por haberlo abandonado, mediante una acción que ya había ejecutado, demostrando con ello la concreción de un hecho que había planeado y en el cual persistió sin abandonar su intención inicial". 

La menor de iniciales V. F. L. P., el día del crimen, se encontraba en el Colegio Gabriela Mistral, desde donde fue retirada mediante engaños por su padre Jaime Francisco Lobos Farías. Este luego se dirigió hasta el domicilio del Pasaje La Pólvora Nº 28 A de Calera de Tango. 

En ese lugar, según consta en los antecedentes, con el decidido propósito de darle muerte, el imputado intentó primero estrangular a la pequeña con un cable eléctrico, el cual se corta no logrando su objetivo; enseguida la afirma y con un cuchillo que había seleccionado la noche anterior, provoca varios cortes paralelos de escasa profundidad en el costado anterior derecho del cuello de la niña y, por último, produce una herida penetrante cortopunzante en la misma región cervical que genera un sangramiento profuso y conduce a la muerte de la niña como consecuencia de una anemia aguda, abandonándola en el referido inmueble. 

Agencia UPI

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