Pleno de la Convención Constitucional aprueba artículo que consagra Chile como un Estado Laico
Por otra parte, el inciso sobre la neutralidad del Estado en esta materia y su relación con lo público fue rechazado por falta de quórum y vuelve a comisión.
Este lunes se desarrolla en el Pleno de la Convención Constitucional el debate en torno al Informe de Segunda Propuesta de la Comisión de Principios Constitucionales.
Con 122 votos a favor, seis en contra y 23 abstenciones, la instancia aprobó el Artículo 13 que consagra Chile como un Estado Laico, por lo que pasa al borrador de la nueva Constitución.
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En específico, la norma indica que «Chile es un Estado Laico, donde se respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales. Ninguna religión, ni creencia en particular es la oficial del Estado, sin perjuicio de su reconocimiento y libre ejercicio, el cual no tiene más limitación que lo dispuesto por esta Constitución».
Si bien Chile es un Estado Laico desde 1925, lo que quedó consignado en la Constitución que impulsó el entonces Presidente Arturo Alessandri, esta discusión valórica ha permanecido latente sobre todo en los últimos 30 años.
La neutralidad del Estado: vuelve a Comisión
En tanto, el Pleno de la Convención Constitucional rechazó por falta de quórum el inciso 2 del mencionado Artículo 13 que indica que «el Estado es neutral entre las diversas convicciones, creencias religiosas y cosmovisiones de sus habitantes y su relación con lo público«.
Este punto sólo tuvo 78 votos a favor, 42 en contra y 26 abstenciones, por lo que deberá volver a la Comisión de Principios Constitucionales.
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