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Corte Interamericana de DD.HH. condena al Estado de Chile por discriminar a profesora por su orientación sexual

La docente de religión fue separada de su cargo en el año 2007, siendo impedida de ejercer sus funciones tras más de 22 años de desempeño.

Corte Interamericana de DD.HH. condena al Estado de Chile por discriminar a profesora por su orientación sexual

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró culpable y condenó al Estado de Chile por discriminar a una profesora por su orientación sexual.

Sandra Pavez Pavez es la docente de religión que en el año 2007 fue separada de su cargo, siendo impedida de ejercer sus funciones tras más de 22 años de desempeño como profesora.

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«La Corte constató que las afectaciones a los derechos a la libertad personal y a la vida privada de Sandra Pavez Pavez fueron producto de un trato diferente basado en su orientación sexual«, señala el documento respecto al caso de la profesora.

«El Tribunal consideró que la decisión de las autoridades del Colegio mediante la cual se separó del cargo a la señora Pavez y se le asignaron funciones distintas a las de profesora de religión católica, como consecuencia de la revocación del certificado de idoneidad por parte de la Vicaría, vulneró el principio de igualdad y no discriminación«, agrega la sentencia.

Asimismo, el organismo sostuvo que las autoridades judiciales internas «no efectuaron un adecuado control de convencionalidad sobre el acto del Colegio mediante el cual se separó a Sandra Pavez Pavez de su cargo de profesora de religión católica». «Por esos motivos, se vulneraron los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial«, aseveraron.

Por esto, el Estado de Chile deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, además de publicar la sentencia en el Diario Oficial y en el sitio web del Estado, junto a una compensación económica.

Asimismo, como Garantías de no repetición, el Estado deberá «crear e implementar un plan de capacitación permanente a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente«, y «adecuar la normatividad sobre la vía recursiva, el procedimiento y la competencia judicial para la impugnación de las decisiones de los establecimientos educativos públicos en torno al nombramiento o remoción de profesoras o profesores de religión como consecuencia de la emisión o revocación de un certificado de idoneidad».

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