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La Corte de La Haya ha dictado 117 sentencias a lo largo de su historia

En este momento hay trece casos pendientes de decisión, uno de los cuales es el diferendo marítimo entre Chile y Bolivia.

Por estos días, Chile argumenta la incompetencia de la

para pronunciarse sobre la demanda marítima presentada en 2014 por Bolivia.

¿Cuál es su importancia? Es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y es la última instancia donde los países resuelven sus diferencias, conforme al Derecho Internacional.

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La Corte de La Haya comenzó a funcionar en 1946, fecha en la que sucedió a la Corte Permanente de Justicia Internacional, que tenía su sede en el mismo edificio desde 1922.

Se compone de quince magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en votación independiente, por un periodo de nueve años.

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Todos sus integrantes son renovados cada tres años, con posibilidad de reelección. Además, deben ser de distintas nacionalidades, pero esto no significa que representen a sus Gobiernos, ya que son independientes.

Actualmente, el organismo está presidido por el francés Ronny Abraham, y está compuesto por magistrados de Somalia, Japón, Eslovaquia, Marruecos, Brasil, Reino Unido, China, Estados Unidos, Italia, Uganda, India, Jamaica, Australia y Rusia.

Su procedimiento es estricto en cada detalle. Es por ello, por ejemplo, que el conflicto con Bolivia está siendo expuesto en inglés y francés, ya que son los únicos idiomas que admite la corte.

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Sólo los Estados miembros de la ONU pueden ser partes en casos ante la Corte, y para proceder ante un caso, lo primero es que ambas partes acepten la competencia de la Corte. En caso que alguna de las partes impugne (como lo hizo Chile), la Corte decide si tiene competencia o no para continuar.

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La Corte ha dictado 117 sentencias desde 1946 relativas a cuestiones como las fronteras terrestres, delimitaciones marítimas, soberanía territorial, el no recurso a la fuerza, las violaciones del Derecho Humanitario Internacional, la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, las relaciones diplomáticas, la toma de rehenes, el derecho de asilo, la nacionalidad, la tutela, el derecho de paso y el derecho económico.

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En este momento hay trece casos pendientes de decisión: 

1. Negociar un acceso al océano Pacífico (Bolivia c. Chile)
2. Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda)
3. Actividades llevadas a cabo por Nicaragua en la región fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua)
4. Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan (Nicaragua c. Costa Rica)
5. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia)
6. Delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas marinas de la costa nicaragüense (Nicaragua c. Colombia)
7. Supuestas violaciones de los derechos soberanos y los espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia)
8. Confiscación y detención de ciertos documentos y datos (Timor-Leste c. Australia)
9. Delimitación marítima en el mar Caribe y el océano Pacífico (Costa Rica c. Nicaragua)
10. Obligaciones relativas a las negociaciones para el cese de la carrera armamentística nuclear y el desarme nuclear (Islas Marshall c. India)
11. Cese de la carrera armamentística nuclear y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Paquistán)
12. Negociaciones para el cese de la carrera armamentística nuclear y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Reino Unido)
13. Delimitación marítima en el océano Índico (Somalia c. Kenia)

 

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