Qué comercio estará abierto y cuál no durante este 18 y 19 de septiembre
Los empleadores que incumplan la normativa se exponen a multas que van desde los 230 a los 920 mil pesos por afectado.


A pocos días de las celebraciones de Fiestas Patrias, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC) recordó qué tipo de comercio será el que abrirá entre el 18 y 19 de septiembre.
Según el gremio, esos días atenderán sólo los que pertenezcan a las áreas de entretenimiento (restaurantes, clubes, cines, casinos de juegos, entre otros), bencineras, farmacias de urgencia o con turno, y los locales comerciales atendidos por sus propios dueños.
Esto, porque -por disposición del Código del Trabajo- tanto el 18 como el 19 son "feriados obligatorios e irrenunciables" para los trabajadores dependientes de este rubro, cuyo descanso debe iniciarse a más tardar a las 21 horas del día anterior (17 de septiembre) y terminar a las 06:00 del día siguiente (20).
El incumplimiento de la normativa es sancionado con multa a beneficio fiscal de 5 UTM ($230 mil) por cada funcionario afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores; 10 UTM ($460 mil) si el empleador tuviere contratados de 50 a 199; y 20 UTM ($920 mil) si la planta tuviera 200 o más dependientes.




