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SVS publica cambios normativos sobre información de transacciones bursátiles

La propuesta de la Superintendencia de Valores y Seguros busca tener un registro más amplio de las personas naturales o jurídicas que acceden a información privilegiada.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) publicó hoy en su sitio web dos propuestas normativas con el objetivo de recibir comentarios del mercado y público en general, con el fin de aumentar la transparencia del mercado de valores.

Lo anterior se producirá al establecer la forma y oportunidad en que deberán ser informadas las transacciones de acciones inscritas en el Registro de Valores y los compromisos y opciones sobre éstas, realizadas por personas, naturales o jurídicas, relacionadas a la respectiva sociedad emisora de los valores que se trate. 

De igual forma, se busca tener un registro más amplio de las personas naturales o jurídicas que acceden a información privilegiada. 

Uno de los cambios normativos planteados, que reemplazará a las circulares N° 585, N° 574, y N° 109, amplía la forma y oportunidad en que las sociedades, sus accionistas mayoritarios, ejecutivos y directivos, informan sobre las operaciones que realizan con las acciones de las sociedades emisoras a las que están relacionados. 

El borrador de norma establece, junto con detallar las personas naturales y jurídicas obligadas a informar, que esta información deberá enviarse a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de la operación, en forma electrónica a través a la SVS, reemplazando así el sistema de papel que rige actualmente. 

Este cambio permitirá publicar en forma inmediata las operaciones en el sitio web de la SVS y también reducirá el margen de error de las sociedades en el proceso. 

La propuesta normativa establece que será responsabilidad del gerente general o representante legal de la entidad fiscalizada por esta Superintendencia, poner en conocimiento e informar ampliamente a sus accionistas, directores (titulares y suplentes), gerentes, ejecutivos principales y liquidadores, según corresponda, sobre las presentes instrucciones. 

La segunda norma en consulta, que reemplazará a la Circular N° 1003, está relacionada a informaciones que todas las entidades y personas que están bajo supervisión de la SVS deben proporcionar a este Organismo, exceptuando los fondos de crédito universitario. 

En la actualidad la información que las entidades deberán remitir es un listado con el nombre y Rut de personas que tienen acceso a información privilegiada de la sociedad. La propuesta normativa amplía el alcance del requerimiento a todas las personas que a juicio de la entidad fiscalizada, en razón de su cargo, posición o actividad tengan acceso a información privilegiada. 

Esta información es requerida por esta Superintendencia para fines de fiscalización y no tiene el carácter de pública y deberá ser remitida o actualizada a través de SEIL. 

El plazo para la recepción de comentarios para estos borradores de norma se extenderá hasta el viernes 13 de junio de 2008.

 

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