Crece presión sobre el Gobierno: rebajan en 30 meses condena de pederasta pese a informes de riesgo de reincidencia
Los antecedentes psicosociales de Gendarmería no estuvieron a la vista de la comisión que evaluó la reducción de su pena.
Agencia Uno
Gabriel Reyes Rebolledo, de 79 años, abandonó la cárcel en agosto, 30 meses antes de cumplir su condena. El hombre había sido sentenciado en septiembre de 2014 a 15 años de prisión por los delitos reiterados de abuso sexual y violación contra una niña.
De acuerdo con un reportaje de Reportea, el condenado debía permanecer privado de libertad hasta el 24 de enero de 2029. Sin embargo, consiguió reducir el tiempo de cumplimiento de su pena mediante un decreto firmado por el Ministerio de Justicia.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos | Agencia Uno / FOTO: LUIS BOZZO B./AGENCIAUNO
Desde 2024, Reyes había intentado acceder a la libertad condicional, pero sus cinco solicitudes fueron rechazadas por la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso entre ese año y 2026.
Rebaja de pena
En todos esos casos, los argumentos para denegar el beneficio apuntaron a los informes psicosociales elaborados por Gendarmería, que advertían sobre el riesgo de reincidencia en delitos de violencia sexual contra menores.
Pese a esos antecedentes, el condenado consiguió una rebaja de su pena a través del mecanismo establecido en la Ley 19.856, que permite reducir el tiempo de privación de libertad por buena conducta.
Más información
La última evaluación de Reyes Rebolledo se realizó el 6 de junio ante la Comisión de Rebaja de Condenas del sector Cordillera de la Región de Valparaíso, instancia encargada de revisar el cumplimiento de los requisitos para acceder a este beneficio.
“El ministro de Justicia no tiene atribuciones...”
Aunque los informes psicosociales de Gendarmería advertían que el hombre presentaba “riesgo de reincidencia general y específico de violencia sexual”, estos antecedentes no estuvieron a la vista de la comisión. La institución penitenciaria solo incorporó evaluaciones sobre el comportamiento del condenado.
Sin embargo, el artículo 13 de la Ley 19.856 establece que los integrantes de la comisión deben solicitar a Gendarmería los informes sociales y psicológicos de los condenados. Según Reportea, esto no ocurrió en este caso.
Imagen de acompañamiento | Agencia Uno
En una consulta del medio mencionado sobre la falta de consideración de dichos informes, el Ministerio de Justicia respondió que la revisión de esos antecedentes correspondía a la Comisión de Rebaja de Condenas.
Desde la cartera agregaron que “el ministro de Justicia no tiene atribuciones para sustituir la evaluación de la Comisión ni volver a ponderar los antecedentes de cada condenado”.