Rebajas de condenas: fallos de las Cortes de Apelaciones confirman que el ministro Rabat podía rechazarlas
Tribunales de alzada determinaron que el Ministerio de Justicia sí posee la facultad legal para frenar la reducción de penas a condenados por abusos.

Agencia Uno

Una reciente revisión judicial desestimó la principal defensa del Ministerio de Justicia frente a la polémica por la liberación anticipada de agresores sexuales de menores. Un análisis de 15 recursos de amparo tramitados durante 2026 comprobó que distintos tribunales de alzada del país establecieron que la cartera gubernamental sí tenía la facultad exclusiva para frenar estos beneficios.
Los antecedentes, revelados a través de un reportaje de CIPER Chile, exponen que 13 de las resoluciones evaluadas contradicen directamente la postura oficial del ministro Fernando Rabat. El secretario de Estado había argumentado públicamente que la legislación lo obligaba de forma inexcusable a ratificar las reducciones de pena, siempre que las comisiones técnicas decidieran otorgar previamente el beneficio a los condenados.
Los reclusos involucrados acudieron a la justicia para reclamar por la demora del Ejecutivo en la firma de sus solicitudes. Al resolver estas acciones constitucionales, los jueces de las respectivas Cortes de Apelaciones plasmaron en sus dictámenes que la decisión final recae netamente en el ministerio, desestimando la versión de un rol meramente automático.
Las atribuciones legales frente a las rebajas de condena
Los documentos judiciales apuntan a que el control del proceso corresponde a la “autoridad administrativa competente”, refiriéndose expresamente a la cartera que lidera Rabat. En uno de los fallos emitidos, el tribunal instruyó que la repartición estatal debía “emitir el pronunciamiento que le compete, en virtud del procedimiento previsto en la Ley Nro. 19.856”, ratificando su poder de veto en las resoluciones.
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Pese a la contundencia mayoritaria de estos dictámenes, la revisión también detectó excepciones que contrastan con este criterio. A mediados de julio, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió por votación unánime dejar en libertad a dos sentenciados que contaban con la aprobación previa de la comisión, ordenando sus excarcelaciones pese al trámite administrativo pendiente en la capital.
La publicación de estos expedientes aumenta la tensión en torno a la gestión ministerial. El debate sobre la interpretación legal de la normativa ha impulsado revisiones internas incluso al interior de la Corte Suprema, donde diversos magistrados optaron por modificar sus razonamientos recientes para respaldar que el Gobierno ejerce una facultad privativa al momento de denegar estas controvertidas disminuciones de condena.

Mario Vergara
Editor general del área digital de Radio ADN. Enfocado en cobertura política y contingencia internacional....




