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Corte Suprema ratifica condena a Enel Distribución y Enel Colina: Pagarán indemnizaciones por daño moral y multas sobre $108 millones

El Máximo Tribunal del país desestimó el recurso de casación, ratificando las indemnizaciones automáticas para los usuarios afectados en 33 comunas de la Región Metropolitana.

Apagón a nivel nacional

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Un histórico y definitivo triunfo judicial obtuvo el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), luego de que la Corte Suprema rechazara los recursos de casación presentados por Enel Distribución Chile S.A. y Enel Colina S.A., confirmando la condena en contra de ambas eléctricas por las prolongadas interrupciones del suministro registradas a comienzos del año 2021.

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El fallo del Máximo Tribunal pone fin a una demanda colectiva iniciada en octubre de 2021, tras la negativa de las compañías de entregar respuestas satisfactorias a los usuarios que sufrieron cortes de luz de hasta 83 horas producto de un frente de mal tiempo que afectó a la zona centro-sur del país.

La resolución judicial beneficia a un universo de 127.756 clientes pertenecientes a 33 comunas de la Región Metropolitana, estableciendo indemnizaciones diferenciadas según el impacto y tiempo de corte:

  • Daño Moral: Todos los 127.756 usuarios recibirán $50.000 por el sufrimiento, molestias y afectación extrapatrimonial causados por la falta de un servicio básico.
  • Cortes superiores a 4 horas continuas (en 24 horas): Un grupo de 52.262 clientes recibirá una compensación basada en el artículo 25A de la Ley del Consumidor, más un adicional de 0,15 UTM.
  • Cortes inferiores a 4 horas continuas (en 24 horas): Un total de 75.494 clientes obtendrá la compensación legal del artículo 25A, más 0,15 UTM.

Las compensaciones no requerirán postulaciones ni trámites individuales, ya que serán pagadas en forma automática mediante abonos directos en las cuentas de electricidad de los clientes beneficiados tan pronto quede ejecutoriada la sentencia.

Multas y valoración de las autoridades

Junto con el paquete de indemnizaciones a los consumidores, la justicia impuso a ambas filiales eléctricas una multa conjunta de 1.500 UTM (más de 108 millones de pesos) por infringir de manera gravosa la Ley del Consumidor.

La Directora Nacional (s) del SERNAC, Carolina González, valoró el pronunciamiento definitivo de la justicia, enfatizando que “en el mercado eléctrico los consumidores que son afectados por cortes prolongados de suministro tienen derecho a ser compensados por las empresas de acuerdo a la Ley del Consumidor, esto más allá de las multas aplicables que están establecidas en las normas sectoriales”.

El fallo sienta un precedente clave respecto al estándar de respuesta de las empresas de servicios básicos frente a emergencias climáticas y reafirma el derecho de los ciudadanos a recibir un suministro continuo y de calidad.

Gonzalo Miranda

Periodista de la UNAB, Editor web de Radio ADN desde el 2025, con pasos en diversos medios de comunicación...

 

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