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Iba a pasar 10 años en la cárcel: Suprema anula condena de conductor que casi atropella a carabineros a 190 km/h

La Corte Suprema ordenó la libertad del sujeto que huyó a 190 km/h en La Araucanía. El fallo determinó que no existió intención directa de matar al policía.

Agencia Uno

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Un sorpresivo vuelco judicial se concretó luego de que la Segunda Sala de la Corte Suprema acogiera un recurso de nulidad y absolviera a Renán Díaz, sujeto que en mayo de 2025 protagonizó una temeraria fuga vehicular a más de 190 kilómetros por hora por la Ruta 5 Sur. Tras la resolución, el máximo tribunal ordenó la inmediata libertad del imputado.

La decisión dejó sin efecto la condena de 10 años y un día de cárcel que había dictado en julio de 2026 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Temuco. El acusado enfrentaba graves cargos por el delito de maltrato de obra a carabineros causando muerte en grado de frustrado, luego de estar a escasos centímetros de atropellar al funcionario Carlos Correa Leal en la Plaza de Peaje Troncal Púa.

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Los hechos se remontan a la noche del 21 de mayo de 2025. En aquella jornada, Díaz Martínez conducía un vehículo Mazda sin licencia y bajo los efectos del THC. Al notar la presencia policial en las cercanías de Lautaro, ignoró las señales luminosas e inició un escape zigzagueando por la vía y las bermas. Al aproximarse al peaje, no accionó los frenos y pasó rozando al uniformado, quien debió realizar una rápida maniobra evasiva para no ser impactado contra las casetas. El recorrido culminó cuando el automóvil atravesó las barreras y terminó volcado en un camino rural de Pailahueque.

El criterio de la Corte Suprema tras la fuga en el peaje Púa

El eje central para revocar la pena de cárcel radicó en la calificación jurídica del delito. Mientras la justicia en La Araucanía condenó al conductor bajo la figura de dolo eventual —argumentando que por la velocidad y la estrechez de la pista debió representarse el riesgo mortal de su acción—, la defensa presentó un reclamo apuntando a una errónea aplicación del derecho penal.

La mayoría de la Sala Penal concordó con esta postura. Los magistrados establecieron que las etapas imperfectas de un crimen en la legislación chilena requieren una voluntad específica.

Al no existir pruebas concluyentes de que el conductor haya manejado con el objetivo deliberado y explícito de asesinar al policía, la Corte determinó que la acción evasiva no puede sancionarse como un delito frustrado. Con el fallo de reemplazo, la justicia dio por cumplidas las sanciones menores correspondientes a las infracciones de tránsito, cerrando definitivamente el proceso contra el imputado.

 

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