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Trabajadoras de casa particular y aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué establece la normativa?

La situación volvió a estar en el centro del debate de cara a las celebraciones nacionales de septiembre.

FG Trade

A pocos días de las Fiestas Patrias 2026, vuelve a surgir una duda entre los empleadores de trabajadoras de casa particular: ¿es obligatorio entregar un aguinaldo?

Según la Dirección del Trabajo (DT), el aguinaldo puede convertirse en un beneficio exigible si fue acordado previamente en el contrato de trabajo, incorporado mediante un anexo o si su entrega se ha mantenido como una práctica habitual entre las partes.

En caso de que exista un acuerdo, este debe quedar formalizado. Si se entrega el beneficio, además, corresponde registrarlo en la respectiva liquidación de sueldo.

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¿Qué ocurre si nunca se ha acordado?

Cuando no existe una cláusula contractual ni una práctica previa que establezca el pago, el empleador no está obligado a entregar un aguinaldo por Fiestas Patrias.

De todas formas, especialistas laborales plantean que establecer por escrito beneficios adicionales permite evitar confusiones y entregar mayor claridad a ambas partes sobre las condiciones de la relación laboral.

Así, la entrega del aguinaldo dependerá de lo que se haya establecido previamente entre el empleador y la trabajadora o de que el beneficio se haya convertido en una práctica habitual.

 

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