Revés judicial por exponer a expareja: Corte ordena eliminar “funa” en redes sociales por deuda en pensión de alimentos
El tribunal ordenó la eliminación inmediata de todo el contenido y prohibió la realización de nuevas publicaciones de este tipo

Jacques Julien

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección presentado contra una mujer que expuso públicamente a su expareja en Facebook, Instagram y Threads por supuestos incumplimientos en el pago de la pensión de alimentos.
En un fallo unánime, el tribunal ordenó la eliminación inmediata de todo el contenido y prohibió la realización de nuevas publicaciones de este tipo.
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La resolución de la Tercera Sala, dictaminó que la existencia de morosidades económicas no faculta a ninguna de las partes a ventilar antecedentes familiares o financieros en plataformas digitales, puesto que son materias de exclusiva competencia de los Tribunales de Familia.
El tribunal estableció que la vía utilizada constituye un acto ilegal que vulnera la garantía constitucional del respeto y protección a la vida privada y la honra (Artículo 19 N°4 de la Constitución).
Asimismo, los magistrados desestimaron el argumento de la recurrida sobre la eliminación parcial de algunos mensajes, enfatizando que los reclamos por pensión deben encauzarse mediante las herramientas procesales que otorga la ley y no mediante la exposición pública para denostar socialmente a la contraparte.
Gonzalo Miranda
Periodista de la UNAB, Editor web de Radio ADN desde el 2025, con pasos en diversos medios de comunicación...




