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Inédito fallo a favor de deudor del CAE: Justicia declara ilegal el doble cobro ejecutado por la TGR

Un tribunal acogió un recurso de protección al establecer que el organismo estatal no puede perseguir una misma deuda simultáneamente por la vía civil y la administrativa

Tesorería General de la República | Agencia Uno

Tesorería General de la República | Agencia Uno

Lla Tesorería General de la República (TGR) continúa con el cobro de deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE) mediante procedimientos administrativos, por lo que miles de deudores han iniciado acciones judiciales para frenar las medidas.

En este contexto, un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena marcó un precedente clave para la jurisprudencia en la materia.

El tribunal acogió de forma unánime un recurso de protección presentado por las abogadas Daniela Riquelme y Florencia Pinto en representación de un usuario a quien la TGR le exigía el pago del crédito por dos carriles paralelos: un juicio civil previo y una cobranza ejecutiva administrativa.

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La resolución judicial ordenó a la Tesorería paralizar de inmediato el procedimiento administrativo, calificándolo como un acto arbitrario e ilegal que vulnera las garantías constitucionales del afectado al duplicar la vía de cobro.

“Este fallo es innovador y un precedente importante para la gente en la misma situación, en el sentido de que instala la argumentación sobre la doble vía. Es decir, que la Tesorería no te puede cobrar una deuda simultáneamente a través de la vía civil y de la vía administrativa”, explicó la abogada Daniela Riquelme en conversación con The Clinic.

Según detallan, mientras el juicio civil es un proceso largo que otorga mayores garantías y excepciones de defensa para el deudor, el cobro administrativo resulta expedito y severo.

Por esta última vía, la TGR tiene la facultad de emitir oficios a instituciones bancarias para congelar saldos y retener fondos de manera inmediata, dejando al afectado con un margen de defensa sumamente acotado.

El equipo legal advierte que, si bien esta resolución representa una victoria pionera, la situación de los deudores del CAE es diversa y no existe una fórmula única. Existen personas con causas civiles notificadas, otras sin procesos judiciales previos y algunas que ya sufren embargos activos.

Al ser un procedimiento implementado recientemente por la TGR, la jurisprudencia se encuentra en plena formación. Sin embargo, este primer fallo favorable abre la puerta para que otros tribunales del país frenen los embargos administrativos en casos donde ya existan juicios civiles en curso.

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