Contraloría ratifica legalidad de circular que protege a estudiantes trans y rechaza recurso de ONG
El organismo fiscalizador desestimó la ofensiva de Comunidad y Justicia contra la resolución N° 812 de la Superintendencia de Educación, respaldando los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Contraloría ratifica legalidad de circular que protege a estudiantes trans y rechaza recurso de ONG / DBenitostock
La Contraloría General de la República reafirmó de manera categórica que la circular N° 812 de la Superintendencia de Educación, diseñada para garantizar y proteger los derechos fundamentales de los estudiantes trans al interior de las comunidades educativas, es plenamente legal y constitucional. Con este pronunciamiento técnico, el órgano contralor dio un portazo definitivo a las pretensiones jurídicas de la ONG Comunidad y Justicia, la cual buscaba invalidar e impugnar dicha resolución administrativa.
A través del dictamen D328N2, la Contraloría desestimó los argumentos de la organización requirente, confirmando que la circular no infringe ninguna normativa vigente ni vulnera el ordenamiento jurídico superior del país.
Operatividad de la ley y protección integral
De acuerdo con el análisis plasmado en el documento de resolución, la Contraloría determinó que la circular emanada de la Superintendencia cumple con la función de incorporar y operativizar los principios de igualdad ya consagrados en la ley N° 21.120 sobre identidad de género. La entidad precisó que el texto se enmarca correctamente en la adopción de medidas destinadas de forma prioritaria a prevenir la discriminación arbitraria y a resguardar a los niños, niñas y adolescentes.
Revisa también:

En ese sentido, el fallo administrativo desmontó la tesis de la ONG Comunidad y Justicia, agrupación que acusaba que la circular extendía ilegalmente los beneficios a menores que no habían realizado el trámite de cambio de nombre y sexo registral. La Contraloría aclaró que la autoridad fiscalizadora solo ajustó sus instrucciones sectoriales a normas de mayor jerarquía, sin legislar sobre materias registrales ni transgredir la Constitución. Para resolver este caso, el organismo basó su dictamen de forma integral en:
- Las reglas y principios de la Ley 21.120.
- Los derechos garantizados directamente en la Constitución Política de la República.
- Las directrices internacionales de los Principios de Yogyakarta.
- Los estatutos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Un freno a la desinformación
Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) valoraron profundamente el dictamen del ente regulador. El encargado de Derechos Humanos de la organización de la diversidad, Ramón Gómez, destacó la relevancia de este hito legal, señalando que la resolución judicial frena los intentos de sectores conservadores por mermar los avances en dignidad escolar.
“Este pronunciamiento contribuye, además, a despejar la desinformación que suele acompañar este tipo de requerimientos, al reafirmar que todos los estudiantes trans deben ser protegidos de la discriminación, hayan o no rectificado su partida de nacimiento, tal como lo exige la legislación vigente y los principios de igualdad y no discriminación que rigen nuestro ordenamiento”, concluyó Gómez.
Sigue a ADN.cl en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.





















