Demandas por deudas: el plazo clave que no se puede dejar pasar en la defensa
Recibir una demanda por deuda no es un simple aviso, sino el inicio formal de un juicio que puede avanzar hacia el embargo si no se responde a tiempo.

Durante 2025, en los Juzgados Civiles del país se presentaron más de 717 mil procedimientos ejecutivos, según cifras del Poder Judicial. A eso se suma que casi 4 millones de personas mantienen deudas morosas según Equifax-USS. En este escenario, el desconocimiento puede jugar en contra de quienes son notificados judicialmente.
Entender qué significa una demanda por deuda y actuar a tiempo se vuelve fundamental, porque no responder dentro del plazo legal puede hacer que el proceso avance rápidamente hacia el embargo de bienes.
“Cuando te llega esta notificación, no es un simple aviso. Es la comunicación formal de que existe una demanda en tu contra y que el acreedor ya inició una acción judicial para exigir el pago de la deuda”, explicó Tania Olivera, abogada y socia de DefensaDeudores.cl.
Un proceso rápido y con plazos fatales
Uno de los aspectos más delicados del juicio ejecutivo es que se trata de un procedimiento especialmente rápido. La deuda se presume existente y exigible cuando está respaldada por un título ejecutivo, como un pagaré, un cheque o una factura.
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En este tipo de casos, el plazo general para defenderse es de ocho días hábiles, contados desde la notificación e incluye los sábados. Si la persona no actúa dentro de ese tiempo, pierde la posibilidad de oponer defensas clave.
“Son plazos fatales (...) Si yo no contesto, todo este procedimiento se acorta y sigue la ejecución de los bienes de la persona deudora”, advirtió la especialista.
El error más común: pensar que todavía hay tiempo
Muchas personas creen que la demanda es una especie de advertencia previa o que aún pueden dejar el tema para después. Sin embargo, ese suele ser uno de los errores más costosos.
Según explicó Olivera, cuando la persona no responde a tiempo, el juicio sigue avanzando y puede terminar en embargo e incluso en remate de bienes.
¿Está todo perdido si ya llegó la demanda?
A pesar de la gravedad del escenario, recibir una demanda no significa necesariamente haber perdido todas las opciones. La ley contempla mecanismos de defensa, pero deben activarse a tiempo y de forma jurídica.
Entre las excepciones que una persona puede presentar están el pago de la deuda, la prescripción, la nulidad o falsedad del título y la falta de requisitos para que ese documento tenga mérito ejecutivo.
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