;

Ley Alberto: el drástico cambio en la fiscalización a choferes de micro que busca frenar accidentes fatales

El proyecto unifica criterios de salud y seguridad laboral para garantizar que el personal de conducción esté en condiciones óptimas para su trabajo.

Ley Alberto: el drástico cambio en la fiscalización a choferes de micro que busca frenar accidentes fatales

Ley Alberto: el drástico cambio en la fiscalización a choferes de micro que busca frenar accidentes fatales / Leonardo Rubilar

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad y despachó a segundo trámite constitucional un proyecto de ley que introduce cambios estructurales en la fiscalización de los servicios de transporte de pasajeros. La iniciativa surge tras una serie de accidentes fatales, destacando el caso de Alberto Gómez, un joven de 14 años atropellado por un conductor que dio positivo a cocaína.

El objetivo central de la norma es equiparar la exigencia de seguridad de las máquinas con la de quienes las operan, garantizando que los conductores estén en condiciones óptimas para realizar sus funciones.

Los principales cambios de la ley

La nueva normativa introduce obligaciones específicas para las empresas y establece un marco de control preventivo periódico:

  • Periodicidad obligatoria: Las empresas de transporte, públicas o privadas, deberán practicar pruebas cada cuatro meses a todo su personal de conducción.
  • Costo y aplicación: Los test deben ser costeados íntegramente por el empleador y aplicarse al inicio o antes del término de la jornada laboral.
  • Sustancias a detectar: Las pruebas (respiratorias u otras) buscarán detectar la presencia de alcohol, estupefacientes o sustancias sicotrópicas ilícitas.
  • Regulación conjunta: El Ministerio de Transportes y la cartera de Trabajo establecerán por reglamento el procedimiento, la periodicidad y los criterios despersonalizados para la selección del personal.
  • Facultades de Carabineros: Se mantiene la potestad de la fuerza policial para realizar sus propios controles de alcohol o drogas en cualquier momento de su labor fiscalizadora.

Revisa también:

ADN

Sanciones y resguardo de datos

El proyecto no solo se enfoca en la detección, sino también en la trazabilidad y la confidencialidad de la información. Las empresas estarán obligadas a mantener un registro escrito y reservado con la individualización del personal fiscalizado.

En cuanto a las sanciones, se establecen las siguientes medidas:

  • Reporte a la autoridad: Los resultados y la acreditación de las pruebas deben remitirse al Ministerio de Transportes en un plazo máximo de siete días tras su realización.
  • Multas económicas: El incumplimiento de estas obligaciones será denunciado por la Subsecretaría de Transportes ante los juzgados de policía local, implicando multas que oscilan entre 2 y 10 UTM (aproximadamente entre $140.000 y $699.000) por cada infracción verificada.

Finalmente, la ley garantiza el derecho a la protección de datos personales y el deber de secreto profesional por parte del personal calificado encargado de tomar las muestras.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad