No podrá competir como senadora: los argumentos del Tricel contra la candidatura de Ximena Rincón
Tras una recurso presidentado por la DC y los partidos oficialistas, la senadora de Demócratas no se podrá volver a postular en El Maule.

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) impugnó la candidatura al Senado de Ximena Rincón (Demócratas) al acoger la reclamación interpuesta por un conjunto de partidos y dejar sin efecto la Resolución O-N°0407 del Servicio Electoral (Servel) que había aceptado su postulación por la Región del Maule. El caso fue resuelto el 15 de septiembre de 2025.
El eje del fallo es el artículo 51 de la Constitución, que permite a los senadores solo una reelección inmediata y ordena contar como “período” todo mandato en que se haya ejercido el cargo por más de la mitad. El Tricel parte de esa regla para analizar si Rincón superó la mitad de su primer mandato (2010-2018).
La mayoría definió cómo se computa el mandato senatorial: dura ocho años y se cuenta desde las 00:00 del 11 de marzo hasta la medianoche del 10 de marzo del octavo año. Este criterio fija también que la mitad del mandato se cumple el 10 de marzo del cuarto año.
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Para llegar a esa conclusión, el fallo aplica el principio de especialidad: cuando existe normativa sectorial específica, esta prevalece sobre las reglas generales del Código Civil. En el caso, la Constitución y la Ley N° 18.918 (Orgánica del Congreso) regulan la instalación del Congreso el 11 de marzo, el inicio del ejercicio parlamentario desde el juramento o promesa y el período de sesiones entre el 11 de marzo y el 10 de marzo del año siguiente.
Con una interpretación armónica de esos preceptos, la mayoría sostuvo que el mandato legislativo comienza el 11 de marzo y termina el 10 de marzo; que la primera sesión del período legislativo ocurre el día 12; y que en la instalación del 11 solo participan los senadores entrantes y quienes “no terminan ese día”, porque el mandato de los salientes concluyó el 10. De ese modo, la mitad del mandato se cumple el 10 de marzo del cuarto año.
Aistencia a la instalación del Senado
Sobre los hechos, el tribunal tuvo por no discutido que Rincón asistió a la instalación del Senado el 11 de marzo de 2014 y votó en la elección de la Mesa a las 9:15, y que ese mismo día, a las 12:13, juró como ministra. Con ello, ejerció el cargo de senadora durante la jornada del 11 de marzo, superando la mitad del período 2010-2018.
Bajo ese cómputo, la mayoría concluyó que Rincón ya completó dos períodos consecutivos (2010-2014, contabilizado por haber sobrepasado la mitad, y 2018-2026). Su nueva candidatura configuraría un tercer período consecutivo, prohibido por la Constitución, por lo que se ordenó al Servel rechazar su inscripción.
El fallo se adoptó con voto en contra de los ministros Silva y Ravanales, quienes estimaron que, conforme al artículo 48 del Código Civil, un plazo anual iniciado el 11 de marzo culmina a la medianoche del 11 del año respectivo; por ello, la mitad del mandato habría vencido a la medianoche del 11 de marzo de 2014 y, para excederla, Rincón debió ejercer el 12 de marzo. La mayoría descartó esa tesis al preferir el marco constitucional-orgánico citado
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