• 05 DIC 2025

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¿Cuándo me pueden retener o embargar mis remuneraciones?

A raíz de la retención de dinero de Camila Polizzi, surge la duda sobre qué otros bienes se pueden embargar, y en qué contexto.

¿Cuándo me pueden retener o embargar mis remuneraciones? / Getty Imagen

Este miércoles 9 de julio, el Juzgado de Garantía de Concepción accedió a la solicitud realizada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE): retener los casi 14 millones de pesos que Camila Polizzi ganó en los dos espectáculos que realizó el fin de semana pasado en el club nocturno Diosas de Recoleta.

Recordemos que Polizzi se encuentra con la medida cautelar de arresto domiciliario en Concepción, la que fue levantada el fin de semana pasado para viajar a Santiago a realizar los shows, además de dar una entrevista al programa Podemos Hablar de Chilevisión.

¿Es lo mismo una retención que un embargo?

Esta confusión es válida, pero a la vez es necesario marcar la diferencia. Aunque pueden generar efectos similares en quien los afecta, son medidas judiciales distintas.

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El abogado Mario Espinosa, director Legal de GrupoDefensa.cl, explicó en el programa ADN Te Escucha que “el embargo es una actuación judicial que ocurre en los procedimientos de cobranza de una deuda determinada. En el caso de la retención, es una medida precautoria destinada a asegurar el resultado del juicio”.

Es decir, el embargo ocurre cuando ya existe una sentencia o título que permite ejecutar una deuda, mientras que la retención busca resguardar bienes antes de que finalice un juicio.

¿Se puede embargar el sueldo?

Tania Olivera, abogada de DefensaDeudores.cl, explicó que, en Chile, por regla general, las remuneraciones no son embargables. Sin embargo: “El artículo 57 del Código del Trabajo establece una excepción y señala que se pueden embargar las remuneraciones que sean sobre las 56 UF”.

“Es decir, al día de hoy, 56 uf son aproximadamente $2.200.000 pesos. Si una persona gana más de eso, se le va a embargar lo restante. Por ejemplo, si gana 3 millones, le van a embargar $800.000 pesos”, agregó la experta.

¿Qué bienes son embargables?

Por regla general, todos los bienes de una persona son embargables, ya que el acreedor tiene el derecho de prenda general sobre los bienes del deudor.

La abogada Olivera mencionó que “esta figura permite a los acreedores, en caso de incumplimiento de una obligación por parte del deudor, dirigirse en contra de todos los bienes de la persona para poder hacerse pago de este crédito o de la deuda con el embargo y remate de ellos”.

Sin perjuicio de eso, también existen los bienes inembargables. Estos se refieren a los bienes que una persona necesita para subsistir dentro de sus casas. Por ejemplo, la cama, la ropa, los alimentos y también para que puedan ejercer su trabajo. También se incluye la calefacción, más aún en esta época que hace mucho frío.

¿Qué hacer si me notifican de un embargo?

El peor error que una persona puede cometer es ignorar la notificación. Existe un plazo de ocho días hábiles para presentar una defensa y se necesita el apoyo de un abogado.

No actuar a tiempo puede dejar la deuda sin oposición legal y facilitar el embargo de bienes o remuneraciones.

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