Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023: cuánto dinero recibirán los pensionados
El apoyo económico se entrega en un solo pago y tiene un monto base que aumenta acorde a las personas que el pensionado tenga como cargas.

Más allá de los varios días para la fecha, uno de los puntos a tener en cuenta sobre las próximas Fiestas Patrias de Chile, es el aguinaldo para pensionados.
Este año 2023 también se entregará el monto anual a los jubilados para que se celebre como corresponde. Revisa a continuación los detalles del bono.
El monto del aguinaldo para pensionado
Para estas festividades, los pensionados recibirán el monto base de $23.261. Esto último según la información desplegada por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Pero no es todo. Un detalle importante a tener en consideración es que el dinero aumenta dependiendo de cada persona acreditada como carga familiar al 31 de agosto del presente año.
De tal manera que por cada carga, se agrega al monto $11.933. Esto se aplica incluso si la persona no tiene derecho a cobrar la Asignación Familiar ante un ingreso superior a los $979.330.
A la cifra total no se le aplicarán ningún tipo de descuentos relacionados con el pago de impuestos o algún tipo de cotizaciones.
Fecha de pago
Ahora, la fecha de pago del aguinaldo es variable y depende de cada pensionado. En concreto, el dinero será agregado a la pensión y se pagará en el día habitual del cobro de la misma.
Los requisitos del beneficio
El aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados se aplica a personas que cumplan con uno de los requisitos de la siguiente lista:
- Pensionados del IPS que tengan la Pensión Garantizada Universal o la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral.
- Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos.
- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
- Pensionados de reparación.
- Pensionados de AFP o compañías de seguro que además reciben la PGU, el Aporte Previsional Solidario, de Vejez o de Invalidez, o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.