Partido de la Gente desiste de apoyar candidatura de Karla Añez al Consejo Constitucional
Desde el partido indicaron que para postular a cargos de elección popular, exigen a candidatos "someterse previamente a test de drogas, entrevista personal psicológica, y por supuesto, sin antecedentes penales".

Partido de la Gente Karla Añez
Un verdadero terremoto político se generó al interior del Partido de a Gente (PDG), luego de que saliera a la luz que la candidata al Consejo Constitucional por la región de Arica y Parinacota, Karla Añez, había sido condenada a cinco años de cárcel por microtráfico.
Más temprano, la también candidata por la RM, Elizabeth Rodriguez, confirmó la renuncia de Añez, sin embargo, desde el Servel aclararon que «si sale electa, le corresponde al Tricel proclamarla para el cargo».
Tras varias horas de conocida esta información, el Partido de la Gente emitió un comunicado, en donde confirman que desisten de apoyar la candidatura de Karla Añez.
«Si bien estamos de acuerdo con defender el derecho de la reinserción, por conocimiento público y de acuerdo con los antecedentes recopilados, como equipo nacional, decimos desistir de apoyar la candidatura de Karla Añez al Consejo Constitucional, debido a la omisión de su condición previa», señalaron,
Asimismo, indicaron que «como partido político, somos innovadores en poner como requisito para postular a cualquier cargo de elección popular, la obligatoriedad de someterse previamente a test de drogas, entrevista personal psicológica, y por supuesto, sin antecedentes penales«.
Respecto al trabajo interno a la hora de definir su candidatura, desde el PDG manifestaron que «hasta el 3 de mayo del 2023, no registra información vigente, cumpliendo con los requisitos constitucionales y legales para ser candidata. Por lo mismo, Servel aceptó su candidatura«.
Finalmente, desde el partido de Franco Parisi sostuvieron que «no queremos que este episodio ensucie la tremenda labor que han realizado los demás 61 candidatos, a nivel nacional, en esta carrera por el Consejo Constitucional».
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