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Gobierno y senadores de la ex Nueva Mayoría acuerdan puntos de Aula Segura

Parlamentarios de la DC, el PPD y el PS sostuvieron una reunión con los ministros Blumel y Cubillos.

Gobierno y senadores de la ex Nueva Mayoría acuerdan puntos de Aula Segura

Un grupo de senadores de la ex Nueva Mayoría alcanzaron un acuerdo con el Gobierno para reponer algunos puntos que el Palacio de La Moneda insistía en incorporar al proyecto de Aula Segura, en el debate que se daba en la Cámara Alta.

Una reunión entre el ministro de la secretaría general de la Presidencia, Gonzalo Blumel, con los senadores Jorge Pizarro (DC), Juan Pablo Letelier (PS) y Ricardo Lagos Weber (PPD) permitió la buena noticia para el Ejecutivo.

Ante estos los tres parlamentarios de la oposición, junto a los senadores Jaime Quintana (PPD) y Yasna Provoste (DC), ingresaron tres indicaciones ante la Comisión de Hacienda, las que detallan las conductas graves y gravísimas de la iniciativa.

Con esto el oficialismo logró -con votos de la ex Nueva Mayoría- que se explicitaran como sanción la "expulsión" y la "cancelación de la matrícula". El Ejecutivo permitió que la aplicación de la norma incluyera a los colegios particulares.

ADN

El texto del proyecto renombrado "Aula Democrática" ahora contempla cuatro artículos. La normativa se aplicará siempre que las causales estén integradas en el reglamento interno o bien cuando se genere un deterioro grave en la convivencia escolar. La iniciativa establece los siguientes puntos:

1.- La obligatoriedad de iniciar un proceso sancionatorio en contra de cualquier integrante de la comunidad escolar que cometa acciones consideradas graves o gravísimas que contempla la norma. Este proceso sancionatorio tendrá como resultado la expulsión y cancelación de matrícula o bien el reintegro de encontrarse inocente.

2.- Además, entrega la facultad de suspender como medida cautelar y no como sanción en sí misma, estableciendo dos plazos: el primero de 10 días para la investigación y resolución y posteriormente un plazo de 5 días para la apelación del afectado.

3.- Son consideradas conductas graves o gravísimas: las agresiones de carácter sexual, las agresiones físicas que produzcan lesiones, además del uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios así como también actos que atenten contra la infraestructura del establecimiento.

4.- Consideran las conductas graves que causen daño a la integridad física o psíquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias del establecimiento, punto que incorporaría, por ejemplo, a Carabineros.

5.- Se ampliará el marco de acción de la ley a todos los colegios del país, tanto particulares pagados y aquellos que reciben financiamiento estatal.

6.- Finalmente, se establece un plazo de 90 días para que todos los establecimientos educacionales actualicen sus manuales de convivencia incorporando los aspectos normados en la ley.

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