A 50 años del golpe de Estado: Corte Suprema dicta sentencia definitiva por secuestros y homicidios de escoltas del presidente Allende
Los miembros del GAP fueron detenidos el 11 de septiembre de 1973 en las inmediaciones del Palacio de La Moneda, trasladados a la Intendencia de Santiago, luego a unidades policiales y, finalmente, ejecutados.

La Corte Suprema sentencia definitiva en relación a los secuestros y homicidios de miembros del Grupo de Amigos Personales (GAP), la escolta personal del presidente Salvador Allende.
Los hechos ocurrieron el 11 de septiembre de 1973, cuando los miembros del GAP fueron detenidos en las inmediaciones del Palacio de La Moneda tras el golpe de Estado que derrocó al gobierno de la Unidad Popular.
En concreto, la Segunda Sala del tribunal revocó parte de la sentencia apelada y confirmó la absolución del general en retiro de Carabineros, Patricio de la Fuente Ibar. Además, estableció que el fallecido general en retiro de la Fuerza Aérea (FACH), Vicente Armando Rodríguez Bustos, debía ser objeto de un sobreseimiento definitivo y parcial.
En la misma, se detalló que el fallo se basó en el hecho de que Rodríguez Bustos falleció antes de que se emitiera la resolución de segunda instancia.
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Indemnizaciones
Asimismo, el dictamen estableció que el fisco deberá pagar indemnizaciones por concepto de daño moral a los familiares de las víctimas. El monto total se fijó en $1.225.000.000, y se distribuyó según el grado de parentesco de los demandantes con las víctimas. En detalle, las cifras varian desde $80.000.000 para cónyuges o madres de las víctimas, hasta $5.000.000 para sobrinos de las víctimas.
El tribunal consideró que la acción penal respecto al general Rodríguez Bustos se extinguió con su fallecimiento antes de la emisión del fallo de segunda instancia. De igual forma, el fallo destacó que la naturaleza subjetiva del daño moral dificulta su evaluación precisa y uniforme, por lo que se hace necesario un análisis prudencial de cada caso.
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