Corte de Valparaíso ordena desalojo de terrenos tomados en San Antonio y Cartagena
Según el dictamen, las tomas fueron acreditadas en diciembre de 2022 en una acta notarial.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado por la Inmobiliaria y Constructora San Antonio, propietaria de predios ubicados en las comunas San Antonio y Cartagena, y otorgó un plazo máximo de cuatro meses a los ocupantes para que hagan abandono de los terrenos que ocupan ilegalmente.
En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada desestimó la alegación debido a que los hechos denunciados son continuos en el tiempo, tal como lo corroboran los informes remitidos por el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de Valparaíso y la Primera Comisaría de Carabineros de San Antonio.
En concreto, dicha inmobiliaria es dueña de los terrenos denominados «Hijuela Llo-Lleo» y «Parcela Catorce» desde 1997 y el 22 de diciembre de 2022 —acreditado en una acta de visita notarial— informó de la existencia de «asentamientos irregulares construidos con material ligero», detalló la corte.
«Cuatro meses»
En base a esos antecedentes, la Quinta Sala dictaminó la «persona que se encuentre instalada irregularmente en esos predios deberán hacer abandono de los inmuebles referidos, disponiendo de un plazo máximo de cuatro meses desde que la presente sentencia quede ejecutoriada, debiendo retirar del lugar sus enseres además de las construcciones realizadas en él».
Además, el tribunal advierte que de no acatar la orden «se dispone, desde luego, el desalojo inmediato, con auxilio de la fuerza pública en caso de oposición».
Es más, en el dictamen se oficia al Ministerio del Interior y de Seguridad Pública «con la finalidad de velar que el desalojo, en caso de ser necesario, sea ejecutado bajo las condiciones anotadas en el fundamento noveno del presente fallo».
Finalmente, se comunicó que la presente sentencia «servirá de suficiente título con el objeto que sea debidamente cumplida por Carabineros de Chile dentro del plazo máximo de treinta días, transcurrido el término de cuatro meses que se establece en este fallo, para cuyo efecto se presentará a la Comisaría de Carabineros competente”.
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