Entra en vigencia Ley de Responsabilidad Parental: el nuevo mecanismo para pago de pensiones alimenticias
La medida mejora la información financiera de los deudores, siendo ahora el Estado el encargado de investigar sus bienes o fondos.
Este sábado entró en vigencia la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos. Con la implementación de la medida, se busca establecer un nuevo mecanismo para disminuir las deudas por pensiones alimenticias.
La normativa fija un procedimiento de pago específico para el cobro de pensiones adeudadas. Asimismo, mejora la información financiera de los deudores, siendo ahora el Estado el encargado de investigar dichos fondos, ya sea en cuentas bancarias u otros instrumentos financieros.
De esta forma, este nuevo mecanismo reforzará la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, el cual en su seis meses de operación registra 80.074 deudores inscritos. De estos, 97,04% son hombres, y la deuda total supera los $90 mil millones.
De acuerdo a lo manifestado por el Presidente Gabriel Boric, «hasta ahora la deuda de pensiones de alimento alcanza para comprar más de 1 millón 400 mil canastas básicas de alimentos. Es una vergüenza que en Chile nos mantengamos indiferentes o nos hubiésemos mantenido indiferentes frente a la privación a niños, niñas y adolescentes de los recursos que les corresponden».
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Forma de pago
Por otro lado, es importante destacar que, para que todo esto se haga efectivo, tiene que existir una demanda a través de un Tribunal de la República. Es así como, de existir al menor una mensualidad adeudada, se podrá solicitar al tribunal de familia que comience la investigación de los bienes del deudor.
En detalle, el organismo ordenará una búsqueda activa de patrimonio y solicitará la retención del dinero que el deudor tenga en su cuenta bancaria, instrumentos financieros, de inversión y cuentas de ahorro previsional.
Posteriormente, el tribunal notificará a la institución financiera correspondiente, la cual tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago de la pensión adeudada. En caso de que el deudor no tenga fondos suficientes, se recurrirá a las cuentas de ahorro previsional.
Finalmente, una vez notificada, la AFP contará con un plazo de 10 días hábiles para realizar el pago. Asimismo, a través del Sistema Informático del Tribunal se investigará si la persona tiene otros niños o niñas con quienes mantenga una deuda de pensión de alimentos pendiente.