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Decretan absolución de mujer por homicidio de expareja, señalan legítima defensa

La mujer fue víctima de agresiones reiteradas, las que había denunciado ante la justicia y Carabineros.

Corte de Talca decreta absolución de acusada por parricidio por haber obrado en legítima defensa

Corte de Talca decreta absolución de acusada por parricidio por haber obrado en legítima defensa

Este jueves 22 de septiembre la Corte de Apelaciones de Talca decretó la absolución de una acusada por parricidio, indicando que actuó en legítima defensa propia. Esto, según lo establecido en el artículo 10 número 4 del Código Penal.

La justicia había declarado a la imputada como autora de un delito consumado en julio del 2020 en la comuna del Colbún. Posteriormente, la defensa interpuso un recurso de nulidad que buscaba revertir la decisión.

Tras acoger la petición de los abogados defensores, y deliberar ante la exposición de antecedentes, la Primera Sala del tribunal de alzada decidió en un fallo unánime.

Así, se anuló la sentencia impugnada que se dictó por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares en mayo pasado. En la justificación, se expuso que la mujer reaccionó en defensa propia y de manera totalmente legítima.

Detalles del fallo

La resolución del caso por parte de la Corte de Talca, que determina la absolución de una acusada por parricidio, detalla en el fallo las razones para reemplazar la medida interpuesta anteriormente.

«En lo que concierne a la exigencia referida a la proporcionalidad del medio empleado para repeler o impedir la agresión, ha de considerarse que la enjuiciada, ante la persistente y reiterada agresión de ex conviviente, recurrió a la justicia en primer término».

«Luego, a Carabineros, en busca de protección, con el fin de detener el actuar insistente de aquel, para lo cual efectuó llamados al teléfono de emergencia familia (…) pero sin resultados positivos, dado que aquel logró eludir el actuar de la Policía«.

La resolución agrega que: «Además, ella se mantuvo en su domicilio, pese a que su ex conviviente apedreo la vivienda, la que dejó de ser un lugar seguro desde el momento en que este intenta incendiarla lanzando una botella con acelerante y una mecha prendida».

Ratificación de legítima defensa

Continuando con los detalles, el fallo del Tribunal especifica que: «Enfrentada a una nueva agresión, es que lo siguió a su domicilio, sabiendo que este contaba con una escopeta para cazar, puesto que la golpeó en otra ocasión con dicha arma (…)  allí discutieron y forcejearon, aspecto este último que fue refrendado por los funcionarios policiales que concurrieron al sitio del suceso».

«En esas circunstancias es posible concluir que el uso de un cuchillo para defenderse constituye un medio idóneo y racional, en los términos exigidos por la norma, teniendo en cuenta que se trata de un caso de violencia contra la mujer persistente y las capacidades reales de defensa con que ella contaba».

«Por último, de los antecedentes de la causa, es claro que en ningún momento existió algún tipo de provocación de parte de la sentenciada para ser objeto de las constantes agresiones por parte de su ex conviviente, por lo que concurre igualmente la tercera exigencia legal para configurar la eximente de responsabilidad de legítima defensa propia», añade.

Puedes revisar la resolución en detalle AQUÍ.

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