;

¿Cómo postular al Subsidio de Cesantía y cuáles son los requisitos?

Aquellas personas que no estén trabajando pueden optar al Subsidio de Cesantía, siempre que cumplan con los requisitos que exige el beneficio.

Subsidio de Cesantía

Subsidio de Cesantía

Cuando un empleado queda sin trabajo, puede optar por el Subsidio de Cesantía, beneficio que se obtiene con ciertos requisitos y que es entregado por períodos de 90 días.

De hecho, si al finalizar ese plazo la persona continúa cesante, el Subsidio de Cesantía se puede renovar. Sin embargo, la ayuda termina cuando se cumplen los 360 bajo esta condición.

¿Cuáles son los requisitos para postularse al Subsidio de Cesantía?

Los requisitos que debe cumplir el cesante para optar por el Subsidio de Cesantía son:

  • Tener, al menos, 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional (IPS o AFP), dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede recibir el seguro de cesantía pagado por la AFC).

[dps_related_post ids=»4970818,5015095″]

Ten en cuenta que deberás presentar los siguientes documentos cuando optes por la ayuda:

  • Cédula de identidad.
  • Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en los Centros de Atención del IPS/Chile Atiende o en la caja de compensación que corresponda.
  • Finiquito otorgado por el empleador.
  • Certificado de afiliación del IPS o AFP, según corresponda.
  • Fotocopia de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

¿Cómo postularme?

El Subsidio de Cesantía debe solicitarse ante el Instituto de Previsión Social (IPS) o una caja de compensación. Ellos, se encargarán luego de entregar los pagos respectivos.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad