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Ministra de la Mujer por proyecto de ley de pago de pensiones: «Busca que se realice con criterios de justicia y dignidad»

En conversación con ADN Hoy, Antonia Orellana explicó que las claves de la iniciativa son que sea de forma permanente, y con mejoras al acceso a la información financiera del deudor.

Antonia Orellana, ministra de la mujer y la equidad de género, 1024x576 OK

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Ministra Orellana por proyecto de pago de pensión de alimentos - ADN Hoy - 3 de mayo de 2022

09:17

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Durante el lunes se presentó en el Senado el proyecto de ley de responsabilidad parental y pago de pensiones alimenticias, una iniciativa que busca fortalecer el deber de los padres que incumplen con la obligación con sus hijos. Sobre eso conversó la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, con ADN Hoy.

«Presentamos el proyecto ante el Senado con suma urgencia, y busca: generar un mecanismo de pago permanente de la deuda; mejorar el acceso a la información financiera de los deudores; y que ese proceso se realice con criterios de justicia y dignidad», explicó de entrada la secretaria de Estado.

La iniciativa es el resultado de un trabajo con parlamentarias oficialistas, organizaciones sociales y «personas vinculadas a la cuestión judicial», contó.

Sobre lo entendido como «criterios de justicia y dignidad», la ministra ejemplificó así: «Sabemos lo que significa este deambular por tribunales de familia para acreditar la deuda». Es eso lo que se busca evitar: la concentración del trámite y la entrega de mayores atribuciones a los tribunales.

Otro de los puntos es la facultad de los tribunales para levantar el secreto bancario. Pese a que «ya es una posibilidad dentro del procedimiento que establece, la diferencia es que es el tribunal el que lo hace. La carga que sea la mujer que pida el secreto bancario, es una interacción que se da fuera de tribunales con mucha violencia. He ahí la dignidad. Pero le asignamos a tribunales el decretar de oficio el levantamiento del secreto», dijo la ministra.

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«Lo que se podrá hacer es que el representante legal solicite al tribunal que dicte la resolución donde consta la deuda que ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en su cuenta bancario o en otros instrumentos de inversión. En el caso que no  existan fondos en tales instrumentos o sean insuficientes para el pago de la deuda, se podrán cobrar de la cuenta de capitalización individual», añadió.

Finalmente, Orellana aclaró que los criterios para la propuesta son los reconocidos a nivel internacional: «El cuidado de niños, niñas y adolescentes, y así lo ha ido reconociendo el sistema internacional, es seguridad social. Se considera como el cuarto pilar de la seguridad social. Cuando tenemos bienes jurídicos, pero que son principios en conflicto y uno de ellos es el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, lo que rige es el interés superior de niños, niñas y adolescentes. No se trata de pagar una deuda, sino del déficit de oportunidad que se vive mes a mes; que no hay plata para pagar alimentos; que hay una injusticia entre sus pares».

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