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Nueva circular del Mineduc permitirá que estudiantes trans desde los 14 años puedan ser llamados por su nombre social

Las modificaciones establecen además que niños, niñas y adolescentes trans podrán utilizar uniforme y baños acordes a su género.

12 de Junio de 2015/ SANTIAGOLa madre del fallecido Daniel Zamudio, sostiene un cartel durante la realizaci—n del lanzamiento pœblico de la convocatoria para la Marcha que se celebrar‡ el pr—ximo 27 de junio, con motivo de la conmemoraci—n del D’a Internacional del Orgullo LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales). 
FOTO: MATIAS DELACROIX/ AGENCIAUNO

12 de Junio de 2015/ SANTIAGO La madre del fallecido Daniel Zamudio, sostiene un cartel durante la realizaci—n del lanzamiento pœblico de la convocatoria para la Marcha que se celebrar‡ el pr—ximo 27 de junio, con motivo de la conmemoraci—n del D’a Internacional del Orgullo LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales). FOTO: MATIAS DELACROIX/ AGENCIAUNO

Estudiantes trans desde los 14 años podrán ser llamados por su nombre social, luego de que la Superintendencia de Educación oficializara una nueva circular en esta área.

En detalle, se sustituyó la Circular 768 sobre derechos de niños, niños y adolescentes trans (dictada en 2017) por la Resolución 812 del 21 de diciembre del 2021.

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La circular deja en claro que niños, niñas y adolescentes trans deberán ser tratados verbalmente  por su nombre social  «siempre y sin excepción», así como utilizar uniforme y baños acordes a su género, y tendrán «reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual».

Cabe consignar que el anterior documento establecía que esta opción solo permitía a los estudiantes trans mayores de 18 años actuar de manera autónoma y sin sus apoderados, algo que cambió drásticamente con esta nueva circular.

«Festejamos la actualización porque amplía derechos a través de un cambio primordial: permite a mayores de 14 años solicitar a  los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados. Antes este derecho era solo para mayores de 18 años», señalaron desde el Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh).

«Los establecimientos educacionales podrán agregar en el libro de clases el nombre social del niño, niña o adolescente, para facilitar su integración y su uso cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones que regulan esta materia. Asimismo se podrá usar el nombre social en todo tipo de documentación afín, tales como informes de personalidad, comunicaciones al apoderado, informes de especialista de la institución, diplomas, listados públicos, entre otros», cerraron.

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