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Subsidio al pago del agua potable: quiénes tienen derecho a esta ayuda y cómo se postula

Este aporte estatal cubre hasta quince metros cúbicos mensuales durante tres años y para postular hay que ir a la municipalidad correspondiente al domicilio.

Subsidio al pago del agua potable: quiénes tienen derecho a esta ayuda y cómo se postula

Subsidio al pago del agua potable: quiénes tienen derecho a esta ayuda y cómo se postula / Pablo Ovalle Isasmendi

El subsidio al pago de consumo de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas consiste en el financiamiento por parte del Estado de una parte o porcentaje del cobro mensual de hasta un máximo de quince metros cúbicos del líquido vital y del desagüe de los residentes permanentes de una vivienda ubicada urbana o rural.

Esta ayuda estatal es regida por la Ley 18.778, promulgada el 17 de enero de 1989 y publicada el 2 de febrero del mismo año.

El subsidio está dirigido a aquellas personas u hogares que destinan el 5% y más de sus ingresos promedio mensuales de su grupo familiar para el pago del servicio.

Las personas u hogares que pertenezcan a Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades (SSOO) podrán acceder al total del subsidio para los primeros quince metros cúbicos mensuales de agua potable.

¿Qué se requiere para postular al subsidio?

1.- Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que concede este beneficio.

2.- Debe estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o con los sistemas de agua potable rural, según corresponda.

3.- Quien postula a este beneficio debe ser la jefa o el jefe de hogar de la familia principal.

4.- Hay que cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia, que es destinar más del 5% de los ingresos familiares al pago mensual del agua.

5.- Si la postulación la presenta una agrupación colectiva, todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben hacerlo en la misma municipalidad.

6.- Contar con Registro Social de Hogares.

7.- La persona que postule además de ser residente permanente, puede ser: propietaria de la vivienda, arrendataria de la vivienda (siempre y cuando al interior de la misma no viva la o el propietario), usufructuaria de la vivienda o allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor.

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¿Cómo se realiza la postulación?

  • Se requiere de la última boleta de cobro del servicio de agua potable de la empresa sanitaria o del sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.
  • El interesado debe ir a la 
  • municipalidad correspondiente a su domicilio para solicitar este
  • subsidio, y tras ser atendido su requerimiento pasará a
  • postular a la ayuda.
  • Este beneficio tiene una duración de tres años y puede ser renovado por otro período legal igual, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para su obtención y exista disponibilidad de cupos a nivel comunal.
  • La renovación del subsidio no es automática, por lo que al final del periodo hay que presentar la postulación en la municipalidad para tratar de renovarlo.
  • Además, las consultas puede realizarlas en el Departamento Social de su municipio sin costo durante todo el año.

¿Por qué es posible perder este subsidio?

El subsidio al consumo de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas se extingue por las siguientes causales:

1.- Cuando deje de concurrir algunos de los requisitos establecidos para su otorgamiento o mantenimiento.

2.- Por no pago de la parte no subsidiada durante tres meses continuados.

3.- Por cambio de domicilio.

4.- Por cumplimiento del plazo legal.

5.- Por negarse a entregar la información que la municipalidad le solicite para la revisión del beneficio.

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