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Directora del Trabajo: «Cualquier persona puede denunciar si ve que no son respetados los feriados irrenunciables»

La autoridad laboral Lilia Jerez explicó la normativa que rige durante los días libres obligatorios para el comercio en Fiestas Patrias.

Directora del Trabajo: «Cualquier persona puede denunciar si ve que no son respetados los feriados irrenunciables»

Directora del Trabajo, Lilia Jerez

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La directora del Trabajo, Lilia Jerez, dio cuenta esta mañana en ADN Hoy sobre las disposiciones y penas que rigen durante este fin de semana largo por Fiestas Patrias para los trabajadores del comercio.

«Desde hace muchos años, cuando el 18 y el 19 de septiembre caen en fin de semana, el viernes 17 es feriado adicional y normal, por lo que quienes se desempeñan de lunes a viernes deben trabajar«, dijo la autoridad.

A lo anterior, agregó que «en el caso de los funcionarios del comercio, el horario máximo de retiro a sus hogares el viernes 17 es las 21:00 horas».

Este feriado del viernes 17 de origina en Ley 20.983, promulgada y publicada en diciembre de 2016 durante el segundo Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.

Su objetivo es dar más días libres cuando el calendario hacía calzar los dos días patrios con el fin de semana.

Y esta ley también es aplicable para el feriado del 1 de enero.

El artículo único de la Ley 20.983 expresa lo siguiente:

“Declárase feriado el día viernes 17 de septiembre, cada vez que el 18 y el 19 de septiembre de aquel año coincidan con sábado y domingo, respectivamente».

«Del mismo modo, al recaer el 1 de enero en día domingo, el lunes 2 siguiente será feriado”.

El 18 y 19 de septiembre son dos de los cinco feriados irrenunciables del país, junto al 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre.

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Las multas

La directora del Trabajo añadió que durante este sábado y domingo solo pueden abrir los negocios atendidos por sus propios dueños, en los que no pueden laborar personas con relaciones contractuales.

«Violar esta norma tiene una de las sanciones más altas, pues va creciendo por cada trabajador en infracción (…) La multa es de 5 a 20 UTM, de 200 mil pesos a poco más de un millón de pesos por trabajador, dependiendo del tamaño de la empresa por sus funcionarios», explicó Lilia Jerez.

Lilia Jerez precisó que «el 18 y el 19 de septiembre tendremos habilitado para recibir denuncias el fono 600 450 4000, de 09:00 a 14:00 horas los días 18 y 19, y también estará para ello la web www.direcciondeltrabajo.cl«.

En esos dos días, los supermercados, grandes tiendas, centros comerciales y malls deben estar completamente cerrados, para reabrir el lunes 20 de septiembre.

«No solo el trabajador afectado puede hacer una denuncia. Cualquier persona puede hacerlo si ve que algún negocio no respeta los feriados irrenunciables, por eso hacemos una invitación a que se hagan las denuncias si es necesario. Las llamadas telefónicas son confidenciales y nos sirven para ir a fiscalizar a la brevedad», puntualizó la directora del Trabajo.

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Las excepciones

Quedan exceptuados de los días libres del sábado 18 y del domingo 19 de septiembre los trabajadores del comercio que se desempeñan en restaurantes .

Además los de establecimientos de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub y cabaret.

También los que laboren durante estas Fiestas Patrias en locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y en aeropuertos; en casinos de juegos y otros lugares de juegos legales.

Se suman los funcionarios de servicios de expendio de combustibles, de farmacias de urgencia y de farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

También deben trabajar los dependientes de las llamadas «tiendas de conveniencia» adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.

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