TC declaró inconstitucional la causal de divorcio culposo por homosexualidad
La sentencia fue compartida por el Movilh, que valoró el fallo del organismo.
Este martes se produjo un hito en la historia de la diversidad sexual en Chile: una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) decidió que la causal de divorcio culposo por homosexualidad era inconstitucional.
El Movilh publicó el fallo del organismo en Twitter, agregando que se «pone fin a una de las tres leyes homofóbicas existentes en Chile».
El precepto legal impugnado fue el Artículo 54, que indica que «el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges, por falta imputable al otro, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común».
El inciso cuarto del artículo dispone que una «conducta homosexual» puede ser un hecho que incurre en la causal mencionada anteriormente.
En el documento, el TC indica que «existiendo el numeral 2° del mismo artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil, el precepto impugnado resulta innecesario, y su comprensión autónoma y específica deriva única y exclusivamente en un repudio sancionatorio a la homosexualidad, que siendo un factor ilegítimo de trato diferenciado, deviene entonces en una norma inconstitucional».
Además, el Tribunal señaló que «para que el derecho tenga una vocación de permanencia, recurre a una lógica textura abierta de los términos que permita una evolución natural sin recurrir a la reforma legal».
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