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Presidente Piñera presentó reforma al Código Procesal Civil y al sistema de nombramiento de jueces

La iniciativa busca que haya un acceso real de las personas a la justicia, incorporando procedimientos más modernos, simples y accesibles, señaló el Ejecutivo.

Presidente Sebastián Piñera y autoridades

Presidente Sebastián Piñera y autoridades

Este viernes, el Presidente Sebastián Piñera, acompañado del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, y otras autoridades, presentó la reforma al Código Procesal Civil y al sistema de nombramiento de jueces.

Desde el Palacio de La Moneda, el Mandatario señaló que el Gobierno decidió continuar con la tramitación legislativa del proyecto, la cual inició en su primer gobierno, pero que resultó suspendida en el Senado luego que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó algunos aspectos de la iniciativa. Al respecto, dichos puntos fueron perfeccionados en la nueva propuesta.

¿Qué considera la reforma?

La Reforma Procesal Civil implica un cambio de paradigma en la resolución de los conflictos civiles al centrarse, fundamentalmente, en el acceso real de las personas a la justicia, incorporando procedimientos más modernos, simples y accesibles, señaló el Ejecutivo.

Además, la inicitiva del Gobierno considera otros dos proyectos:

  1. Proyecto de ley de mediación
  2. : Permitirá fomentar la resolución de conflictos en materia civil y comercial, incorporando dentro del Poder Judicial una unidad especializada que prestará este servicio de manera gratuita a toda la comunidad.
  3. Proyecto de ley que reforma el Código Orgánico de Tribunales
  4. , que diseña toda la estructura orgánica asociada a la reforma.

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Beneficios de la Reforma Procesal Civil

  • Mayor cobertura
  • : Pasando de 136 a 164 comunas del país donde el ciudadano o ciudadana contará con servicios de justicia civil en su misma comuna.
  • Disminución de tiempos de tramitación
  • : Con el nuevo procedimiento civil existirá una disminución en los tiempos de tramitación de 60% en el caso de los procedimientos ordinarios y de un 87% en el caso de los sumarios.
  • Aumento del número de jueces
  • : Se incrementa en 76% el número de jueces, existiendo al menos 2 en todos los tribunales con competencia civil del país.
  • Nueva línea de atención de público y mediación
  • : Dentro del impacto que tendrán los ingresos de los tribunales civiles reformados, se espera que ingresen al menos 200.000 causas al servicio de mediación judicial.
  • Disminución de costos para usuarios
  • : Se incorporan procedimientos que facultan la comparecencia sin abogado, lo que permitirá que un mayor número de personas pueda acceder a la justicia para resolver sus conflictos. A su vez, se consagran vías remotas para la realización de determinadas actuaciones y diligencias, como por ejemplo en materia de constitución de patrocinio y poder, notificaciones, remates electrónicos y audiencias.
  • Eficacia en el cumplimiento
  • : Se introducen herramientas que favorecerán el aumento del recupero debido a la incorporación de tecnología como la subasta electrónica, lo que permitirá el cumplimiento oportuno de las sentencias judiciales, promoviendo procesos más transparentes.

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Reforma al nombramiento de jueces

El Presidente también presentó la reforma al sistema de nombramiento de jueces, la cual surgió de una mesa de trabajo interinstitucional convocada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El objetivo de esta iniciativa es transparentar y priorizar la meritocracia en la designación de jueces y fortalecer la independencia interna de los mismos, cerrando los espacios de discrecionalidad de los superiores jerárquicos.

Para esto, se elimina la facultad de las Cortes de elaborar las ternas para enviar al Presidente, ya que es en esta fase donde puede producirse la mayor discrecionalidad e impacto en la independencia judicial. Se sustituye por concursos públicos regulados, con resultados vinculantes.

ADN

Presidente Piñera durante la presentación de la reforma al Código Procesal Civil / Agencia Uno / Sebastian Beltran Gaete

Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales

De esta manera, el mecanismo propuesto pone fin a la facultad discrecional y unilateral del Ejecutivo de designar a los jueces y otros funcionarios del Escalafón Primario, a partir de la propuesta de las Cortes, y la sustituye por un acuerdo colegiado y fundado de la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales. Es decir, se crea un organismo con autonomía, que regulará y dirigirá los procesos de selección y realizará la selección por medio de una resolución colegiada y fundada.

Dicha comisión estará integrada por:

  • Un miembro designado directamente por el Presidente de la República, que lo preside.
  • Dos miembros designados por la Corte Suprema, previo concurso público.
  • Dos miembros designados por el Senado, previo concurso público.

Además, se eliminan los traslados y permutas como formas de proveer los cargos en el Escalafón Primario. De esta forma, el concurso público constituirá el único mecanismo posible para ocupar un cargo.

Otros aspectos

El proyecto de ley incorporará normas además que, si bien no se relacionan directamente con los nombramientos de jueces, complementan el sistema reforzando la transparencia y la calidad de la gestión, tales como:

  1. Se aplicarán las normas de transparencia
  2. en la agenda de actividades de ministros, relatores y fiscales, con el objeto de reforzar los instrumentos que permitan erradicar del sistema prácticas inadmisibles en el contexto del nombramiento (y en la función judicial en general), como las audiencias privadas.
  3. Normas que regularán las visitas de supervisión de los ministros de la Corte Suprema a las Cortes de Apelaciones
  4. y de éstas a los tribunales de primera instancia. Se fijarán parámetros objetivos para las visitas de los ministros de la Corte Suprema, por medio de manuales de procedimiento y se establecerá la obligación de optimizar la información ya disponible en los sistemas internos y de realizar seguimiento de las medidas dictadas por el ministro visitador

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