Votación será en dos días: Cámara aprobó el proyecto para que elecciones se realicen el 10 y 11 de abril
Además, se incorporó una norma que restituye la opción de ser candidatos a alcalde o gobernador regional para algunos independientes objetados por el Tricel.

Servel
La Cámara de Diputadas y Diputados despachó la reforma constitucional para que las próximas elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores regionales e integrantes de la Convención Constitucional se realicen el sábado 10 y domingo 11 de abril, con el fin de evitar aglomeraciones por la pandemia del coronavirus en el país.
Así, por primera vez en la historia de Chile, la votación se realizará en dos días, lo que implicará la aplicación de una serie de protocolos de seguridad para que las urnas con votos no sean vulneradas durante la noche.
Durante la sesión de esta jornada en la Cámara Baja la iniciativa, que ya contaba con la aprobación del Senado, fue abordada en dos votaciones: la primera trató sobre las normas relacionadas con el proceso propiamente tal, reuniendo 119 votos a favor, 19 en contra y siete abstenciones; mientras que la segunda, se hizo cargo de las disposiciones que se referían a candidaturas independientes, la cual fue aprobada por 106 votos a favor, 36 en contra y una abstención. En ambos casos se superó el quórum exigido.
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¿Qué dice la nueva normativa?
La reforma indica que, junto con las normas generales fijadas ya en la ley y en la Constitución, pasarán a cumplirse una serie de reglas especiales, entre las cuales se consideran disposiciones e instrucciones por parte del consejo directivo del Servicio Electoral (Servel) que deberá estar vigente, al menos, 20 días antes de las elecciones.
Este deberá incluir entre normas e instrucciones que regirán a la constitución de las mesas receptoras de sufragios; la determinación de horarios preferentes de votación a diferentes grupos de personas; el procedimiento de cierre de jornada y sellado de urnas del 10 de abril, así como de reapertura del 11; el proceso de sellado y la custodia de las urnas, como también de los útiles electorales en los locales de votación; y el orden del escrutinio.
¿Qué ocurrirá con los votos entre ambos días?
También, la iniciativa especifica que la custodia corresponderá al delegado de la Junta Electoral y al Servel, quienes deberán coordinarse para estos efectos con los ministerios del Interior y Seguridad Pública y de Defensa Nacional para el resguardo, la mantención del orden público y la custodia del lugar donde se estarán las urnas y los útiles electorales. Este operativo se realizará con la ayuda de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Las urnas serán selladas y reabiertas al día siguiente por los vocales de mesas, sin perjuicio que podrán estar presentes los apoderados acreditados ante la mesa de votación. Además, permanecerán en el lugar de custodia con sellos especiales, de acuerdo a las normas que dicte el Servicio Electoral.
Asimismo, los lugares de custodia permanecerán cerrados de puertas y ventanas con sellos especiales de acuerdo a las normas que dicte el Servel. Los apoderados generales podrán permanecer durante la noche del 10 de abril y la mañana del 11 de abril de 2021 en los locales de votación, pero, en ningún caso, podrán entrar al lugar en que se guarden las urnas y los útiles electorales.
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El delegado de la Junta Electoral, o la persona que este designe, mantendrá un registro de quienes se encuentren en el lugar de votación durante la noche del 10 de abril y la mañana del 11 de abril de 2021.
Finalmente, en este aspecto, la reforma efectúa las respectivas adecuaciones normativas respecto de los plazos que se deban considerar desde o hasta el día de la elección, al tiempo que consigna que las personas que se designen vocales de mesas deberán desempeñar dichas funciones los días 10 y 11 de abril de 2021.
Paralelamente, se regulan los montos que recibirán los vocales de mesa, distinguiendo si participarán uno o los dos días, así como de los delegados de las juntas electorales. $30.000 por cada jornada cumplida.

Reforma de elecciones en dos días / Cámara de Diputadas y Diputados
¿Qué ocurrirá con las candidaturas independientes que quedaron fuera del proceso?
La normativa sostiene que las declaraciones de candidaturas independientes que hayan o no sido declaradas por un partido político, al cargo de alcalde o gobernador regional, y que fueron rechazadas por sentencia judicial del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), por el incumplimiento del requisito de renuncia a sus partidos antes del 26 de octubre de 2019, deberán ser inscritas por el director regional del Servel correspondiente en el registro especial de candidaturas.
Dicha inscripción tiene realizarse dentro de los dos días siguientes a la fecha de publicación de la reforma constitucional. Además, la norma indica que contra esta inscripción no procederá acción, recurso o reclamación judicial alguna.
Por último, se indica que las direcciones regionales del Servel deberán notificar a los candidatos su inscripción, en el mismo plazo recién señalado, a través de correo electrónico.
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