Listo para ser ley: Cámara aprobó por unanimidad retiro de fondos de pensiones para personas con enfermedad terminal
Tras analizar las modificaciones del Senado, las diputadas y diputados despacharon el proyecto y sólo resta su promulgación.

21 DE ENERO DE 2021/VALPARAISO Vista general de la sesion de la Camara de Diputados, citada para discutir el proyecto que concede beneficios al personal de la atencion primaria de salud, en medio de la pandemia por el Coronavirus. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO
Con 134 votos a favor, por unanimidad, la Cámara de Diputadas y Diputados dio luz verde al proyecto de ley que permite el retiro de fondos previsionales a las personas declaradas con enfermedad terminal.
La iniciativa, que presentó el Gobierno y contó con modificaciones desde el Senado, consiste en que los afiliados tengan derecho a percibir una pensión calculada como una renta temporal a 12 meses, con cargo al saldo de su cuenta de capitalización individual.
También se reservará el capital necesario para pagar las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria, cuando corresponda.
El afiliado o afiliada deberá presentar una solicitud de certificación de enfermo terminal ante la administradora de fondos de pensiones (AFP). Este documento debe adjuntar el certificado del médico tratante y del director médico de la institución en la que se atiende.
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La calificación de la enfermedad terminal estará a cargo de un consejo médico, designado por la Superintendencia de Pensiones.
De acuerdo al proyecto, las personas podrán solicitar reducir la renta temporal hasta el valor de la Pensión Básica Solidaria para mayores de 80 años y, en este caso, la diferencia podrá ser retirada como excedente de libre disposición.
Según los artículos transitorios, la ley entrará en vigencia el 1 de julio de 2021. Sin embargo, se agregó que a contar del primer día hábil del mes subsiguiente a la fecha de publicación de esta ley –en en Diario — y hasta la entrada en vigencia de su articulado permanente, habrá un grupo de personas que podrá acceder a los beneficios establecidos.
Se trata de quienes estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES), sólo por cuidados paliativos en cáncer avanzado junto a una serie de patologías detalladas en la norma. Esto, sin el requisito de que su enfermedad o condición sea certificada por los consejos médicos.


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